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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 176 Viernes, 10 de septiembre de 1999 Pág. 11.154

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 30 de julio de 1999, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de la propuesta de resolución, formulada por el instructor del expediente sancionador de incendios forestales que se cita, devuelta por el servicio de correos. (Expediente IF-88/99).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona, que con esta fecha he resuelto publicar la propuesta de resolución del procedimiento sancionador que se instruye por infracción de la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales, y su Reglamento aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre (BOE del 13-2-1973), por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.

El interesado dispondrá de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para aportar, por escrito, cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas consideren convenientes en defensa de sus derechos.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá utilizar el impreso normalizado que le será facilitado en la Delegación Provincial de Lugo, Ronda de la Muralla, 70.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto).

Lugo, 30 de julio de 1999.

Javier Ruíz de Almirón Schlung

Instructor

ANEXO

Expediente: IF-88/99.

Denunciado: José Manuel López Agrelo.

DNI: 34.264.225.

Último domicilio conocido: San Pedro de Calde, nº 24, Lugo.

Hechos imputados: efectuar una quema amontonada de matorral, careciendo de la preceptiva autorización de quema.

Precepto sancionador: Art.137 e) Reglamento incendios.

Calificación infracción: grave.

Sanción: 10.000 ptas.