La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el día diecinueve de julio de mil novecientos noventa y nueve, acordó prestar aprobación definitiva al proyecto de urbanización de la calle de nueva apertura, unión a la calle de Campolameiro y calle de A Torre, formulado mediante iniciativa particular por Porta do Sol-Lérez, Sociedad Limitada, y redactado por el arquitecto Francisco Lorente Rivas, visado por la Delegación en Pontevedra del COAG en fecha 5-6-1998 y anexo a la memoria y planos de número 04, 05, 06 y 07, que reforman y anulan los correlativos del mismo, con visado colegial de 24-9-1998, debiendo sujetarse a determinadas condiciones.
Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse bien el recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su modificación, conforme a lo establecido en el artículo 116.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8.1º y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
De interponerse el recurso potestativo de reposición, éste deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes según se establece en el artículo 117.2º de la citada Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, entendiéndose desestimado por el transcurso del mencionado plazo sin resolución expresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2º de esta Ley 30/1992, pudiendo entonces interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses contado desde el día siguiente a aquél en que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto, conforme a lo establecido en el artículo 46.1º y 4º de la Ley 29/1998.
No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedentes con arreglo a derecho.
Pontevedra, 6 de septiembre de 1999.
P.D.
Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo
Teniente-alcalde delegado del Área de Urbanismo
y Medio Ambiente
Julio Dapena Outomuro
Secretario general

