Por medio de esta cédula y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimeinto para el ejercicio de la potestad sancionadora, se notifica a los interesados las propuestas de los correspondientes expedientes sancionadores, con los números que se indican, por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente del beneficiario, causa prevista en el artículo 5.c de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.
A dicha infracción la instructora del expediente propone la sanción de multa de 200.000 ptas. sin perjuicio de la obligación de destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.
Conforme a lo establecido en el artículo 19 del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, dese traslado al interesado concediéndole un plazo de 15 días para formular alegaciones en trámite de audiencia y presentar los documentos e informes que estime pertinentes. La presente propuesta no es susceptible de recurso.
Y para que conste y les sirva de notificación al interesado, de dirección desconocida en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula.
A Coruña, 21 de octubre de 1999.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa del Área Provincial de A Coruña
ANEXO
VP-C 49/1998.
Juan José Casal Raindo.
c/ Antelo, portal 7-6º Izq. Ferrol.

