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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 21 de febrero de 2000 Pág. 2.169

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 3 febrero de 2000 por la que se aprueban la modificación del artículo 18 y la refundición de los estatutos de la Fundación Campus Universitario de Lugo, y se inscriben en el Registro de Fundaciones de este protectorado.

Analizado el expediente de referencia, promovido por la Fundación Campus Universitario de Lugo.

Resultando que esta fundación fue clasificada de interés gallego por Orden de 29 de junio de 1995, encontrándose inscrita en el Registro de Fundaciones de esta consellería con el número 176.

Resultando que la Fundación Campus Universitario de Lugo solicitó ante la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria la modificación del artículo 18 de sus estatutos y la refundición de estos en un solo texto.

Vista la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la Ley 7/1983; así como el reglamento de organización y funcionamento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, aprobado por Decreto 248/1992, de 18 de junio, y la carta fundacional de la referida fundación.

Considerando que las fundaciones de interés gallego pueden modificar sus estatutos con las condiciones previstas en el artículo 38 del citado reglamento.

Considerando que en la tramitación del expediente se cumplimentaron los requisitos esigidos en el artículo 10 de la Ley 7/1983, y 32.3º y 38 de dicho reglamento.

Considerando que esta modificación estatutaria es conforme con la voluntad fundacional.

Esta consellería

RESUELVE:

Primero.-Aprobar la modificación del artículo 18 de los estatutos de la Fundación Campus Universitario de Lugo, así como la refundición de sus estatutos en un solo texto, según consta en su escritura pública del notario de Lugo, Manuel Martínez Rebollido, de fecha veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y nueve (protocolo nº 2.842).

Segundo.-Practicar la inscripción de esta modificación y refundición estatutaria en el Registro de Fundaciones de este protectorado, previa publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, fecha a partir de la cual entrarán en vigor los nuevos estatutos.

Tercero.-La presente disposición pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de régimen jurídico

de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 3 de febrero de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria