En la orden citada (DOG del 3 de marzo), en la base séptima, se establece un plazo para resolver de 45 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
Al resultar insuficiente dicho plazo, debido a la recepción de la documentación y a la fase de selección por parte de la comisión de selección,
RESUELVO:
Establecer en sesenta días el plazo máximo para la resolución de las becas convocadas, contados igualmente desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOG número 44, del 3 de marzo.
Santiago de Compostela, 10 de abril de 2000.
Jaime Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública