El Pleno de la Corporación, en sesión ordianria celebrada el día 27 de abril de 2000, acordó aprobar definitivamente el estudio de detalle de la UA-16-3,
sita en la avenida del Balneario, Camino de A Baiuca y camino de nueva apertura, promovido de oficio, y redactado porlos servicios técnicos municipales (expediente 28/1999.PED).
Recursos:
Contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer, bien en forma potestativa recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó o ya directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade dicha jurisdicción.
Si se opta por interponer recurso de reposición previo al cotencioso-administrativo, deberá hacerse ante el órgano municipal del que dimana el presente acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificados por la ley 4/1999, de 13 de enero.
Contra la resolución expresa del recurso de reposición, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación del acuerdo recurrido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Contra la resolución presunta del recurso de reposición, que tendrá lugar transcurrido un mes desde la interposición del mismo sin que haya sido notificado, se podra interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que la resolución del referido recurso de reposición se debería haber notificado de forma expresa (un mes desde la interposición del mismo), todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en relación con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la ley 4/1999, de 13 de enero.
Arteixo, 3 de mayo de 2000.
P.D. (Decreto 587/1999)
María Isabel Vila Vilas
Primera teniente de alcalde

