De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona en el anexo que se menciona la incoación del expediente sancionador por infracción del Reglamento de epizootias, regulada en el Decreto de 4-2-1955.
Que, asimismo, designo instructora del expediente a Ramona Celia Fernández Álvarez y secretaria a María Magdalena Santiago Pereira.
Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 58 de la mencionada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlas en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la mencionada ley.
Pontevedra, 5 de mayo de 2000.
José Manuel Gabeiras Vérez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: AG-SA-9/2000-PO.
Denunciado: José Méndez Caramés.
Última dirección conocida: Toxa, Silleda.
Hecho denunciado: oposición al saneamento ganadero.
Fecha del acuerdo de incoación: 24-1-2000.
Preceptos infringidos: incumplimiento del artículo 209.3º del Decreto de 4-2-1955, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de epizootias do 20-12-1952.
Precepto sancionador: artículo 209.3º del Reglamento de epizootias, según la actualización de las sanciones realizada por el Real decreto 1665/1976, de 7 de mayo.
Sanción: 90.000 pesetas.