De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se mencionan, la resolución de dichos expedientes, por infracción de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.
1. Contra dicha resolución, cabe de conformidad con lo establecido en los artículos 107.1º, 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, la interposición de recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación. Transcurrido dicho prazo sin haber interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos, sin perjuicio, de ser el caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que este fuera presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.
2. El importe de la sanción así como el de la indemnización, se hará efectivo, dentro del plazo de quince días contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta 3110001181, de Caixa Galicia (2091) oficina 0388. De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.
3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción e indemnización dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.
Pontevedra, 9 de mayo de 2000.
José Luis Díez Yáñez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: E.N. 43/1999.
Denunciado: Santiago Sanz Bartolomé.
Última dirección conocida: c/ Ibiza, nº 29, 1º D, Madrid.
Hecho denunciado: circular con un vehículo marca Citröen, modelo Xantia, matrícula M-3165-OV, estacionándolo en las dunas sitas al lado del aparcamiento norte de la playa de A Lanzada, alterando las condiciones de un espacio natural protegido, Complexo Intermareal Umia-O Grove. Hechos denunciados a las 18 horas del día 22 de agosto de 1999, en la playa de A Lanzada, ayuntamiento de O Grove.
Precepto infringido: artículo 38.2º de la Ley de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.
Precepto sancionador: artículo 38.2º de la Ley de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.
Sanción: 10.000 ptas.
Expediente: E.N. 46/1999.
Denunciado: Santiago Sanz Bartolomé.
Última dirección conocida: c/ Ibiza, nº 29, 1º D, Madrid.
Hecho denunciado: circular con un vehículo marca Citröen, modelo Xantia, matrícula M-3165-OV, estacionándolo en las dunas sitas al lado del aparcamiento norte de la playa de A Lanzada, alterando las condiciones de un espacio natural protegido, Complexo Intermareal Umia-O Grove. Hechos denunciados a las 18.50 horas del día 26 de agosto de 1999, en la playa de A Lanzada, ayuntamiento de O Grove.
Precepto infringido: artículo 38.2º de la Ley de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.
Precepto sancionador: artículo 38.2º de la Ley de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.
Sanción: 25.000 ptas.

