El Pleno de la Corporación Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de mayo de 2000, adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:
1. Suspender preventivamente todo procedimiento de concesión de licencias urbanísticas y de obra, incluso el movimiento de tierras a lo largo de los ríos Vilacova e San Xusto, desde el linde del Ayuntamiento de Noia en ambos casos, hasta Servia y Comparada, en en caso del río Vilacova, incluyendo el castro de Servia, y hasta el nacimiento del río San Xusto, en el segundo caso, a fin de estudiar la ordenación del área indicada en el Plan General de Ordenación Municipal en trámite de informe por la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda (artículo 34.1º de la LSG).
Suspender, asimismo, todos los procedimientos de concesión de licencias de todas clases, específicamente, las explotaciones de canteras y similares, hasta
que se establezcan las líneas de protección, en el conjunto pétreo que comprende desde el parque de San Lourenzo hasta Moimenta.
2. Se exceptúan las obras de mera conservación, reposición o rehabilitación de edificios y elementos preexistentes.
3. La extensión de la suspensión en los márgenes de los ríos citados comprende dos franjas colindantes con los ríos de 150 ml, medidas desde el centro del río, según queda grafiado en el plano correspondiente. En la zona pétrea citada, en toda su extensión dentro del municipio de Lousame.
4. La duración de la suspensión preventiva de tramitación de licencias que se acuerda, tendrá una duración máxima de doce (12) meses, contados a partir de la publicación de este anuncio en el DOG. Como mínimo, hasta la aprobación definitiva del PGOM.
5. El presente acuerdo se publicará en el DOG, BOP y 2 diarios de los de máxima difusión en la Comunidad Autónoma.
Lo que se hace público para general conocimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 34.1º de la Ley del suelo de Galicia y legislación concordante.
Lousame, 7 de junio de 2000.
José Ramón Vidal Castelo
Alcalde

