De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común ( BOE del 27 de noviembre), se le notifica a la persona que en el anexo se menciona que con esta fecha resolví publicar la resolución del expediente sancionador por infracción en materia de vivienda por no ser posible la notificación a través del servivio de correos.
El interesado podrá presentar contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, recurso de alzada en el plazo de un mes ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, pudiéndolo interponer bien directamente ante el o bien
ante esta delegación provincial. De no interponerlo, se le advierte que deberá ingresar el importe de la sanción en la cuenta abierta en Caixa Galicia a nombre del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo para el cobro de multas y sanciones (cuenta nº 3110000897) en el plazo establecido en el artículo 20 del Reglamento de recaudación. De no hacerlo dentro de este plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio.
Ourense, 20 de junio de 2000.
José Elier Ojea Ureña
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Expediente nº E.S. OU-03/2000.
Responsable: Juan Fernández Bangueses.
Última dirección conocida: c/ Apolo, nº 3 2º B, 32001 Ourense.
Hechos imputados: no destinar la vivenda de protección oficial a domicilio habitual y permanente.
Infracción: grave (art. 5c de la Ley 13/1996).
Sanción propuesta: 100.001 ptas.

