De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre, (BOE del 27 de noviembre), se notifica a la sociedad mencionada a continuación (que no pudo ser notificada en el último domicilio conocido que asimismo se indica) la resolución del recurso al expediente sancionador simplificado nº 32035/1998, por infracción en materia de defensa del consumidor.
Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrattivo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción donde tenga su domicilio o tenga la sede el órgano autor del acto originario, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta notificación. Si no fuese recurrida en dicho plazo, la sanción devendrá firme y ejecutiva, y podrá hacerse efectiva, en período voluntario, en cualquier entidad financiera, en la cuenta 3110001136 de Caixa Galicia (2091), Oficina de Relación con Organismos (0388) Santiago de Compostela; en otro caso se procederá sin más trámite
a su exacción por vía ejecutiva, en los siguientes plazos:
a) Las deudas notificadas entre los días uno y quince de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día cinco del mes siguiente o inmediatamente hábil y posterior.
b) Las deudas notificaadas entre los días dieciséis y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día veinte del mes siguiente o del inmediatamente hábil y posterior.
Expediente: 32035/1998.
Inculpado: Inmobiliaria Roan, S.L
Domicilio: c/ Pena Corneira nº 5 bj. (Ourense).
Sanción y motivo: cien mil pesetas (100.000 ptas.). Irregularidades en información venta de viviendas.
Fecha de la resolución: 20-6-2000.
Ourense, 28 de agosto de 2000.
Antonio Aguarón Turrientes
Jefe del Servicio Provincial del Instituto Gallego de Consumo

