Advertidos errores en dicha orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 183, del 20 de sep
tiembre de 2000, es necesario hacer las siguientes correcciones:
En la página 13.174, primera columna, artículo 7º, primer párrafo, donde dice: «los artesanos emitirán su voto por correo, conforme al modelo que se publica como anexo II a la presente orden, con el que se adjuntará una fotocopia del documento nacional de identidad del votante en sobre cerrado en el que debe figurar la siguiente dirección:», debe decir: «conforme a los modelos que se publican como anexo II y III a la presente orden, los artesanos emitirán su voto (anexo II) en un sobre cerrado que se introducirá dentro de otro sobre, junto con el anexo III y la fotocopia del DNI del votante; la documentación se remitirá por correo a la siguiente dirección:».
En la página 13.175, primera columna, en el anexo II se produjeron diversos errores, por lo que es necesaria la nueva publicación del anexo II conforme al siguiente texto:
ANEXO II
Modelo de voto para la elección de los vocales provinciales representantes de los artesanos inscritos en el Registro de Artesanía de Galicia.
Voto al/a la candidato/a.
Don/Doña
Que se presenta por la provincia de
En la página 13.175, primera columna, se omitió el anexo III, por lo que se debe añadir el siguiente texto:
ANEXO III
Documentación acreditativa de la inscripción en el censo electoral para las elecciones de vocales provinciales representantes de los artesanos de cada provincia inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia creado en la Ley 1/1992, de 11 de marzo, de artesanía de Galicia.
Don/ Doña
Dirección
Inscrito/a en el Registro General de Artesanía de Galicia con la carta de artesano/artesana nº

