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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Viernes, 24 de noviembre de 2000 Pág. 15.744

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CEDEIRA

ANUNCIO.

Aprobado en la Comisión Municipal de Gobierno, en la sesión celebrada el día 8 de noviembre, el pliego de condiciones económico-administrativas y técnicas que regirá para la adjudicación del servicio de ayuda en el hogar del Ayuntamiento de Cedeira, mediante concurso abierto, al amparo de los artículos 196, 198, 206 y 208 del Real decreto legislativo 2/2000, de

16 de junio, del texto refundido de la Ley de contratos de las adminsitraciones públicas, se hace pública la licitación con arreglo al mismo y que en resumen establece:

1. Objeto: es ojeto la contratación de la prestación del servicio ayuda en el hogar del Ayuntamiento de Cedeira.

2. Modalidad y tramitación: al amparo del artículo 208 del Real decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, en relación con el 85, estimando el órgano de contratación que la definición de la prestación aprobada por la Administración es susceptible de ser mejorada por otras soluciones técnicas, a proponer por los licitadores mediante la presentación de variantes, el sistema de adjudicación será mediante concurso abierto.

3. Duración: la duración del contrato será de dos años a partir de la firma del mismo, prorrogándose por anualidades sucesivas en el caso de que no se produzca denuncia por cualquiera de las dos partes, con tres meses de anticipación, sin que en ningún caso pueda exceder su duración, incluidas las prórrogas de 4 años.

4. Tipo: se fija un tipo de licitación de 16.275.000 pesetas anuales, IVA incluido. El pago del precio que se proponga por el licitador se efectuará en doce mensualidades.

5. Capacidad para contratar: están capacitadas para contratar las personas naturales, jurídicas españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obra y acrediten la correspondiente clasificación o, en su defecto, solvencia económica, financiera o técnica en los términos de los artículos 16 y 17 del Real decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, del texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas, y no estén afectadas por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 20 como prohibitivas para contratar, establecidas en dicho Real decreto legislativo 2/2000.

En el presente supuesto, además del de la capacidad requerida anteriormente, las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del presente contrato, en los términos fijados enel artículo 197 del Real decreto legislativo 2/2000, de 16 dejunio.

La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escrituras públicas hasta que se efectuase la adjudicación) las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante o apoderado único, siendo necesaria la clasificación de cada una como empresa de obra.

Vista la cuantía del servicio a contratar no se exige clasificación para esta contratación.

6. Garantía provisional: de conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Real decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, no se exige la prestación de garantía provisional.

7. Garantía definitiva: la garantía definitiva será del 4% del presupuesto del contrato y podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el artículo 36 del Real decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio.

La constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación del concurso. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al adjudicatario, dará lugar a la resolución del contrato.

8. Presentación de proposiciones: las propuestas se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos, de las 9 a las 13 horas durante los 15 días naturales siguientes al de la última publicación en el Diario Oficial de Galicia o BOP.

También podrán presentarse proposiciones por correo; en este caso el interesado deberá acreditar con el resguardo correspondiente a la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar el mismo día al órgano de contratación, por fax, télex o telegrama la remisión de la proposición; sin tales requisitos no será admitida la proposición, en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.

En todo caso se procederá a la apertura de las proposiciones el primer miércoles hábil siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones a las trece horas, debiendo mediar un mínimo de tres días contados desde la finalización del plazo.

9. Mesa de contratación: la mesa de contratación estará integrada o constituida del modo señalado en el acuerdo plenario del día 2 de agosto de 2000.

10. Criterios base para la adjudicación.

El órgano de contratación, finalizado el plazo de presentación de proposiciones, examinará la documentación presentada, solicitará los informes procedentes si lo estima oportuno y, adjudicará el mismo a la empresa previa valoración con arreglo a los siguientes criterios objetivos (artículo 86 del Real decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio):

a) Rentabilidad social fomento del empleo mediante técnicas de autoempleo o asociacionismo: hasta 10 puntos.

b) Mejoras técnicas o alternativas estimadas a criterio de la mesa de contratación susceptibles de mejorar la prestación del servicio: hasta 5 puntos.

c) El precio: hasta 4 puntos, con arreglo al siguiente baremo:

-Baja hasta un 5% del tipo de licitación: 1 punto.

-Baja comprendida entre un 5% y un 10% del tipo de icitación: 2 puntos.

-Baja comprendida entre un 15% y un 20% del tipo de licitación: 3 puntos.

-Baja superior a un 20% del tipo de licitación: 4 puntos.

d) Acreditación, mediante cualquier medio válido en derecho, del conocimiento del término municipal de Cedeira: 5 puntos.

11. Documentación: las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B en los que se hará constar el contenido (en la forma que se indicará) y el nombre del licitador.

B) Condiciones técnicas.

1. Objeto: la contratación a realizar comprende los trabajos propios del servicio de ayuda en el hogar del Ayuntamiento de Cedeira, debiéndose prestar el servicio de lunes a viernes con 1.056 horas mensuales comprendidas entre las 9 horas y las 20 horas.

El servicio se desarrollará, como mínimo, en los términos previstos en el reglamento de ayuda a domicilio, publicado en el BOP número 106, del día 20 de mayo de 2000, el cual se considera parte integrante del presente pliego.

2. Forma de prestar el servicio: además de la obligación periódica de revisión fijada en la cláusula anterior, el adjudicatario está obligado a atender los requerimientos que le hagan desde el ayuntamiento en relación con el objeto del contrato en el plazo máximo de veinticuatro horas, a no ser por la falta de personal o bien que exista otra causa, previamente justificada y aceptada, que lo impida.

3. Facultades de dirección: dentro de las condiciones de este pliego, la alcaldía, directamente o a través de un delegado, indicará al adjudicatario, cuando se estime oportuno, la forma de prestar los servicios.

Asimismo, a tal efecto dicho servicio será supervisado y controlado periódicamente por la asistente social del ayuntamiento, como responsable de dicho servicio, debiendo la misma emitir los correspondientes informes a la concejala encargada o alcaldía sobre la marcha del servicio, y especialmente advertir de deficiencias en que se puedan incurrir.

Cedeira, 7 de noviembre de 2000.

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