No habiendo encontrado en los domicilios conocidos por esta delegación provincial a los tribunales de las empresas que se indican a continuación, resuelvo notificar por este medio, al amparo del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, que fue dictada resolución en relación con su expediente sancionador, informándole que en el plazo de un (1) mes contado a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, puede interponer recurso de alzada ante el director general de Relaciones Laborales, según lo dispuesto
en el artículo 114 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre), advirtiéndole que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, dispondrá de un mes de plazo para abonar la multa, mediante la necesaria utilización del impreso, que podrá solicitar en la propia Delegación Provincial de A Coruña. En otro caso, se procederá a la exacción por la vía ejecutiva en los términos previstos en el artículo 3º de la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 22-5-1987.
A Coruña, 8 de mayo de 2001.
María Silva Costoya
Delegada provincial de A Coruña
ANEXO
nº
Expediente
Acta nº Titular NIF/DNI Dirección Materia Data Res. Sanción
15189 Culleredo
15/2001 1223/2000 Muebles Junior, S.L. B-15.013.543 Crtra. de Alvedro, s/n
Trabajo 19-4-2001 500.000 ptas.