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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Miercoles, 11 de julio de 2001 Pág. 9.363

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

CÉDULA de 4 junio de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la Resolución de 10 de mayo de 2001 dictada en el expediente sancionador PO-93/2000, por infracción en materia de turismo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º da la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, (BOE de 14-1-1999), se le notifica a la persona que seguidamente se relaciona, la resolución de la delegación provincial de Cultura, Comunicación Social y Turismo dictada en el expediente sancionador en materia de turismo número PO-93/2000, incoado al titular del establecimiento denominado Pub Karaoke Antiguary, situado en la avda. de Cambados, 8, de Vilagarcía de Arousa, ya que, intentada por los medios habituales no pudo practicarse.

Esta resolución no agota la vía administrativa, y contra ella los interesados podrán interponer, recurso de alzada ante el conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo, en el plazo de un (1) mes desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro que estimen oportuno.

De no presentar recurso en el citado prazo, la sanción será firme y ejecutiva, y podrá hacerse efectiva en período voluntario en el subsiguiente plazo de quince (15) días hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones, de la Delegación Provincial de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de Pontevedra. De no efectuarse el ingreso en el citado plazo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, según lo dispuesto por la Orden de 22 de mayo de 1987, de la Consellería de Economía e Facenda (DOG del 3 de junio).

Expediente: PO-93/2000.

Sancionado: Metropoli Estrada, S.L.

Establecimiento: Pub Karaoke Antiguary.

Domicilio: avda. de Cambados, 8.

Localidad: Vilagarcía de Arousa.

Resolución: 10 de mayo de 2001.

Precepto infringido: artículo 86.2) y 86.5) de la Ley 9/1997.

Sanción: cincuenta mil (50.000) pesetas.

Pontevedra, 4 de junio de 2001

Pilar Rojo Noguera

Delegaga provincial de Pontevedra