La Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6, señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido el preceptivo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. Queda aprobado el precio de venta al público de las publicaciones editadas por esta consellería, y que se relacionan en el anexo.
2. Estos precios se entenderán con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 3 de julio de 2001.
José María Hernández Cochón
Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales
ANEXO
Memoria 2000 Servicio Galego de Saúde: 2.500 pesetas.
Procedementos Clínicos en Atención Primaria: 1.902 pesetas.