Vista la solicitud de declaración de la condición de mineral natural de las aguas del manantial San Xens, sito en la parroquia de Bamio, término municipal de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra), instado por Disbepo, S.L.
El expediente cuenta con el preceptivo informe favorable de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.
La Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio en Pontevedra informa favorablemente la solicitud de referencia.
En la tramitación del expediente se cumplieron todos los preceptos contenidos en la Ley 5/1995, de 7 junio, de regulación de las aguas minerales, termales y de los establecimientos balnearios de la Comunidad Autónoma de Galicia, Ley 22/1993, de 21 de julio, de minas y el Reglamento general para el régimen de la minería, aprobado por el Real decreto 2857/1978, de 25 de agosto, y demás normativa específica que resulte de aplicación, y en el artículo 39 del citado reglamento.
La consellería, de acuerdo con lo que antecede, y en ejercicio de las competencias que tiene atribuídas, ha resuelto declarar la condición de mineral natural de las aguas del manantial San Xens sito en Bamio, en el término municipal de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).
Por lo anterior y una vez declarada la condición de mineral natural de las aguas del manantial San Xens, debe abandonar el interesado la calificación como agua de manantial a los efectos de envasado y comercialización.
Pontevedra, 9 de julio del 2001.
Carmen Bianchi Valcarce
Delegada provincial de Pontevedra