De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, para que el expedientado pueda tener conocimiento del contenido de la misma, la iniciación del expediente sancionador 57/2001 BOD, por infracciones en materia sanitaria, iniciado en la Delegación Provincial de Sanidad y Servicios Sociales de Pontevedra.
Asimismo se le hace saber el derecho que le asiste para presentar alegaciones ante esta delegación provincial en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.
La presente cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Pontevedra, 22 de agosto de 2001.
Mª Dolores Pan Vázquez
Delegada provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente 57/2001 BOD.
Denunciado: Santiago Arias Alonso.
Último domicilio conocido: c/ Rosario nº 10, del ayuntamiento de Vigo.
Hecho denunciado: deficiencias sanitarias.
Precepto infringido:-Artículo 2 2º.2; del Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.-Artículo 3 y anexo, capítulo I pto. 2 capítulo II 1 a) b) c), capítulo IX pto. 3 y capítulo X del Real decreto 2207/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene relativas a los productos alimenticios.-Artículo 7 del Real decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos.
Precepto sancionador: artículo 35 a) 1ª, 2ª da Ley 14/1986, de 25 de abril, Ley general de Sanidad.
Sanción impuesta: leve.

