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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Martes, 02 de octubre de 2001 Pág. 12.988

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 228/2001, de 20 de septiembre, por el que se acepta la cesión a título gratuito a la Comunidad Autónoma de Galicia de una parcela, en el término municipal de Carballo (A Coruña), para la construcción de un edificio para los juzgados de Carballo.

El Pleno de la Corporación municipal del Ayuntamiento de Carballo, reunido en sesión celebrada

el día 27 de marzo de 2001, acordó ceder a la Comunidad Autónoma de Galicia una parcela de 637 m de superficie, en el término municipal de Carballo (A Coruña), para la construcción de un edificio para los juzgados de Carballo.

Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 34 de su reglamento, aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de dicha ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre los mismos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público da su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Carballo acordó la cesión y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinte de septiembre de dos mil uno,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta la cesión gratuita de una parcela de 637 m de superficie, situada en el término municipal de Carballo (A Coruña), que a continuación se describe:

Urbana: solar número 26 en la urbanización denominada O Iglesario o Tenza do Iglesario, en la villa de Carballo, con una superficie de 637 m. Linda: norte, solar número 7; sur, calle Río Grande; este, solar número 7; y oeste, solar de Flora Tasende, y edificio de Jesús Couto Tasende, y, en parte, solar número 7.

Inscrita a favor del Ayuntamiento de Carballo en el tomo 1.134, libro 395, folio 158, finca nº 36.590, inscripción 1ª;

Artículo 2º

La parcela cedida se destinará a la construcción de un edificio para los juzgados en Carballo.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, veinte de septiembre de dos mil uno.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda