De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Lei 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285 de 27 de noviembre), se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Lei 6/1991, de 15 de mayo, de infracciones en materia de protección de recursos marítimo-pesqueros (DOG nº 99 do 27 de mayo).
Los interesados disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.
Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Delegación Territorial de Vigo, c/ Palma, 4.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000220-5.
Denunciado: Antonio Piñeiro Simón.
DNI: 35999848.
Dirección: Dtor. Corbal, 197, A Guía-Vigo.
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 100.000 ptas./601,01 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000221-5.
Denunciado: Sergio Boubeta Malvido.
DNI: 78738936.
Dirección: Choupana nº 33-Cangas.
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 25.001 ptas./150,26 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000279-5.
Denunciada: Josefa Rosario López Otero.
DNI: 78731479H.
Dirección: Ons, 59-Bueu.
Precepto infringido: 6.10º.
Sanción: 25.001 ptas./150,26 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000525-5.
Denunciado: Carlos Ángel Estévez Álvarez.
DNI: 34929326.
Dirección: Fotógrafos Irmáns Sarabia, 8-1º B, Vigo.
Precepto infringido: 5.3.
Sanción: 5.000 ptas./30,05 euros.
De conformidad con lo previsto en la orden de Economía y Hacienda de 22 de mayo de 1987 (DOG nº 104, del 3 de junio), las citadas sanciones deberán ser abonadas en la c/c nº 2091/0501/66/3110000041 de la Caja de Ahorros de Galicia, oficina principal de Vigo, título de la cuenta Tesoro de la Hacienda gallega. Cuenta restringida de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura. Recaudación de multas y sanciones, en los plazos establecidos en el Reglamento general de recaudación. En el supuesto de no ser abonadas se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria.
Vigo, 13 de diciembre de 2001.
Rosa Mª Quintana Carballo
Delegada territorial de Vigo

