Yo, Rosa María Acero Salomón, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Negreira, doy fe y testimonio de que en el juicio de faltas número 231/2000, seguido ante este juzgado por una falta contra el orden público, se dictó sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
Negreira, 5 de junio de 2001.
Ana López-Suevos Fraguela, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Negreira, ha dictado esta resolución en los autos del juicio de faltas número 231/2000, seguido por este juzgado, siendo denunciante el Ministerio Fiscal, y Ana Victoria Quintas Blanco, y denunciado Rogelio Vilas Juncal.
Fallo que debo condenar y condeno a Rogelio Vilas Juncal como autor de una falta de hurto prevista en el artículo 623 del Código penal en grado de tentativa, a una pena de quince días de multa a razón de 200 pesetas/día y costas.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso en el plazo de cinco días ante la Audiencia Provincial de A Coruña.
Inscríbase en el Libro Registro de este juzgado.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación a Rogelio Vilas Juncal, actualmente en paradero desconocido, y para su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido el presente edicto en Negreira a 6 de junio de 2001.
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO
UNO DE A CORUÑA