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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Miercoles, 15 de mayo de 2002 Pág. 7.097

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 165/2002, de 25 de abril, por el que se aprueba la bandera del Ayuntamiento de Arbo (Pontevedra).

El Ayuntamiento de Arbo (Pontevedra) consideró conveniente organizar correctamente su bandera municipal para perpetuarla con simbología adecuada y conforme a las normas de heráldica. Para ello, y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, elevó el informe histórico-heráldico, con su correspondiente propuesta de representación gráfica de su enseña, para su aprobación definitiva.

La competencia exclusiva en materia de adopción, modificación o rehabilitación de los emblemas heráldicos y banderas de los ayuntamientos y otras enti

dades locales, le corresponde a la Comunidad Autónoma gallega, según lo dispuesto por el artículo 27.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

El expediente se tramitó conforme a las normas del procedimiento establecidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, Ley 5/1997, de 22 de julio, de administración local de Galicia, en el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, aprobado por el Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y por el Decreto 369/1998, de 10 de diciembre, por el que se regula la composición y funciones de la Comisión de Heráldica de la Xunta de Galicia.

En su virtud, visto el informe, de fecha ocho de abril de dos mil dos, emitido por la Comisión de Heráldica de la Xunta de Galicia y a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticinco de abril de dos mil dos,

DISPONGO:

Artículo único.-Aprobar la bandera del Ayuntamiento de Arbo (Pontevedra), que figura como anexo, organizada del siguiente modo: sobre el paño azul, la lamprea de amarillo y en el cantón alto, al batiente, un racimo de uvas, también de amarillo.

Santiago de Compostela, veinticinco de abril de dos mil dos.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

ANEXO