Yo, Enriqueta Roel Penas, secretaria del Juzgado de Primera Instancia número diez de A Coruña, certifico que en los autos seguidos en este juzgado a instancia de Marina Susana Seijas Paz, contra Andrés Blanco Díaz, sobre demanda de divorcio número 13/2002, se ha dictado el siguiente edicto:
Cédula de emplazamiento:
En virtud de la resolución dictada con esta fecha por Ángel Barrallo Sánchez, magistrado-juez de Primera Instancia número diez de los de A Coruña y su partido, conociendo en autos de divorcio seguidos en este juzgado con el número 13/2002, a instancia de Marina Susana Seijas Paz, representada por la procuradora Sara Losa Romero, por la presente y con entrega de las oportunas copias de demanda y de los documentos que se acompañan, se confiere traslado de la misma y se emplaza a la demandada que se dirá para que, en el improrrogable plazo de veinte días, comparezca en autos, por medio de abogado y procurador, y conteste a la demanda, proponiendo, en su caso, reconvención, bajo apercibimiento de ser declarada en rebeldía y de no hacerle más notificaciones que las señaladas en la ley.
Y para que conste, y sirva de emplazamiento a la parte demandada, Andrés Blanco Díaz, extiendo la presente en A Coruña, 9 de abril de 2002.
La secretaria judicial
Rubricado

