De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación de los expedientes sancionadores por presunta infracción a la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales y de su Reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
Se nombra instructora de los expedientes a Montserrat González Pérez, funcionaria de esta delegación; el régimen de recusación es el establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.
A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18-5º piso, y presentar por escrito las alegaciones, los documentos, informaciones o propuesta de pruebas que consideren convenientes en defensa de sus derechos.
De conformidad con el artículo 42.4º de la Ley 30/1992, en relación con la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se informa de que en caso de no resolverse el presente expediente en el plazo de seis meses, teniendo en cuenta las posibles interrupciones de su cómputo por causas imputables al interesado, se producirá su caducidad. La resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con los efectos previstos en el artículo 92 de esta ley.
De no efectuar alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, determinándose a estos efectos el importe de la sanción indicado en el anexo.
Para resolver el expediente es competente por razón de la cuantía de la multa el delegado provincial de
esta consellería, de acuerdo con el artículo 141 del reglamento de la Ley de incendios forestales.
El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda, se hará efectivo empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial en Ourense o
en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia.
Ourense, 30 de mayo de 2002.
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
Nº/año DNI
Expediente
Denunciado
Última dirección conocida Hecho denunciado Precepto infringido y sancionador Sanción pesetas
DNI 76709767 08906 L'Hospitalet de Llobregat-Barcelona M-9431-BW
(50.000 ptas.)
CIF X-0866556-P 36141 Vilaboa-Pontevedra OR-2715-G
(50.000 ptas.)
DNI 34582840 32150 A Peroxa OR-2530-H
(50.000 ptas.)
DNI 34589028 32001 Ourense OR-6532-E
(50.000 ptas.)
DNI 36349493 08015 Barcelona B-878713
(50.000 ptas.)
DNI X-2542954-M Granada GR-6233-K
(50.000 ptas.)
DNI 71845739 32005 Ourense OR-23114
(50.000 ptas.)
CIF B-32007080 32005 Ourense OR-4847-G
(50.000 ptas.)
DNI 34918955-X 32340 Vilamartín de Valdeorras LE-2937-H
(50.000 ptas.)
DNI 34918955-X 32340 Vilamartín de Valdeorras B-2472-BL
(50.000 ptas.)
DNI 76768200 32370 O Bolo Bastidor EA269966
(50.000 ptas.)
DNI 76745896 32813 Verea OR-9664-B
(50.000 ptas.)
OU 137/2002 IN Eulogio Diéguez Pérez
Iberia nº 31
Abandono del vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e I. Forestales. 300,51 A
OU 148/2002 IN Empresa Cherki
Casa Hermita Paredes s/n
Abandono del vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e I. Forestales. 300,51 A
OU 152/2002 IN Camilo Nóvoa Fernández
Reza-Carracedo
Abandono del vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e I. Forestales. 300,51 A
OU 159/2002 IN Gumersindo Agregan Sotelo
Quintián 1
Abandono del vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e I. Forestales. 300,51 A
OU 165/2002 IN Francisco Oliva Rivero
Calabria 125
Abandono del vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e I. Forestales. 300,51 A
OU 181/2002 IN Gino Rossatto
Barranco Valparaíso s/n
Abandono del vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e I. Forestales. 300,51 A
OU 199/2002 IN Manuel Lorenzo Campos
Sierra Martiñá nº 25 4º
Abandono del vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e I. Forestales. 300,51 A
OU 209/2002 IN Funeraria Orensana S.L.
Carretera Rairo nº 44
Abandono del vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e I. Forestales. 300,51 A
OU 218/2002 IN Ángel Nogueira Alas
Valencia del Sil
Abandono del vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e I. Forestales. 300,51 A
OU 219/2002 IN Ángel Nogueira Alas
Valencia del Sil
Abandono del vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e I. Forestales. 300,51 A
OU 229/2002 IN Fidel Martínez González
Teixido
Abandono del vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e I. Forestales. 300,51 A
OU 233/2002 IN María Carmen Pallarés González
Cexo
Abandono del vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e I. Forestales. 300,51 A
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ECONÓMICO-FINANCIERA
Y CONTABLE

