Por medio de esta cédula y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se notifica a los interesados las resoluciones de los expedientes sancionadores VP-C 22/2001, VP-C 57/2001, VP-C 64/2001 y VP-C 21/2002 que se iniciaron en este organismo por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente, causa prevista en el artículo 5.C, de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.
A dicha infracción se le impone una multa, sin perjuicio de la obligación de destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.
Contra estas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, podrán interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Y para que conste y les sirva de notificación a los interesados de dirección desconocida, en cumplimiento del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello la presente cédula en A Coruña a 15 de octubre de 2002.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa del Área Provincial de A Coruña
ANEXO
VP-C 22/2001.
Óscar Giménez Escudero.
C/ Alexandre Bóveda, bloque 1-1º B.
Santiago de Compostela.
Sanción: 1.202,02 euros.
VP-C 57/2001.
Jesús Mª Suárez López.
C/ Estocolmo, 10-3º E.
Santiago de Compostela.
Sanción: 1.000 euros.
VP-C 64/2001.
Juan Otero Espinar.
C/ Estocolmo, 10-2º A.
Santiago de Compostela.
Sanción: 601,02 euros.
V P-C 21/2002.
Alfonso López Fuertes.
Plaza Álvaro Cunqueiro, portal J-4º B.
Polígono de Esteiro.
Ferrol
Sanción: 601,02 euros.

