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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Viernes, 20 de diciembre de 2002 Pág. 17.403

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2002 por la que se adjudican las becas para personal auxiliar de investigación (técnicos especialistas en FP-2) convocadas por la Orden de 18 de octubre de 2002 (Diario Oficial de Galicia del 22 de octubre).

La orden de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública de 18 de octubre de 2002 (DOG del 22 de octubre) aprueba las bases que regirán las convocatorias de becas para personal auxiliar de investigación (técnicos especialistas de FP-2).

De acuerdo con lo establecido en la base 5 de dicha orden, desde el 18 al 28 de noviembre se expusieron las listas de solicitudes admitidas y excluidas, pudien

do durante ese período los interesados formular reclamaciones para subsanar errores y falta de documentos.

Terminado este plazo y revisadas las reclamaciones presentadas, las solicitudes admitidas fueron estudiadas por la comisión de selección, conforme a lo establecido en la base 6 de la convocatoria.

En su virtud, atendiendo a la propuesta elaborada por la aludida comisión,

RESUELVO:

Primero.-Conceder becas a las personas que se relacionan en el anexo I a esta resolución, para colaborar en las actividades de investigación de los centros que en cada caso se indican.

Dentro de cada especialidad, las adjudicaciones se realizaron teniendo en cuenta la puntuación obtenida por el solicitante así como el centro solicitado.

Los beneficiarios de las becas se relacionan por orden alfabético.

Segundo.-Establecer una lista de suplentes constituido por las personas que se relacionan en el anexo II, ordenados por puntuación decreciente dentro de cada especialidad.

Los suplentes que sean convocados para cubrir las vacantes que pudiesen producirse, para poder conseguir la bolsa correspondiente, tendrán que acreditar, previamente, que siguen cumpliendo los requisitos establecidos en el punto 1 de las bases de la convocatoria.

Tercero.-Para cualquier incidencia durante el periodo de disfrute de estas becas, será de aplicación lo dispuesto en la base 11 de la Orden de 18 de octubre de 2002.

Cuarto.-La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de convocatoria supondrá la pérdida del derecho a percibir la beca correspondiente.

Quinto.-Contra esta resolución podrán los interesados interponer recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. De no estimar la presentación de este recurso podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de diciembre de 2002.

P.D. (Orden 18-10-2002, DOG del 22 de octubre)

Miguel Ángel Ríos Fernández

Secretario general de Investigación y Desarrollo

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