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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Lunes, 17 de febrero de 2003 Pág. 1.809

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD

CÉDULA de 29 de enero de 2003, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 329/2002, por infracciones en materia sanitaria.

Con fecha de 3 de diciembre de 2002, la delegada provincial de la Consellería de Sanidad de A Coruña, dictó acuerdo de inicio de expediente sancionador nº 329/2002, incoado en la Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad de A Coruña, a Inversiones Altema, S.A.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula y al amparo de lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se notifica a Inversiones Altema, S.A. el contenido del referido acuerdo, que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el número 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante esta delegación provincial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente cédula, recordándole a su derecho a consultar el expediente depositado en las dependencias de esta delegación provincial, sita en la calle Gregorio Hernández, 2-4, A Coruña y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Se le apercibe también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado reglamento.

La presente cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

A Coruña, 29 de enero de 2003.

Mª Blanca García Varela

Delegada provincial de A Coruña

ANEXO

Nº expediente: 329/2002.

Denunciado/a: Inversiones Altema, S.A.

DNI/CIF: A-36018463.

Última dirección conocida: Rúa do Aro. Mera. Oleiros.

Hecho imputado: infracciones a la legislación aplicable en materia de restauración colectiva.

Precepto/s presuntamente infringidos: art. 35.A.3 de la Ley 14/1986, general de sanidad; arts. 2.1º.1, 2.2º del R.D. 1645/1983, sobre infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria; apartados 3.2 y 6.2 del R.D. 3484/2000, sobre normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas; capítulos I y II del R.D. 2207/1995 sobre normas de higiene relativas a los productos alimenticios y los artículos 2 y 7.3º del Real decreto 202/2000, sobre manipuladores de alimentos.

Tipificación provisional: leve.

Sanción propuesta: 450,76 euros. Cuatrocientos cincuenta euros con setenta y seis céntimos.