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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Martes, 11 de marzo de 2003 Pág. 2.897

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (9/2003).

Yo, Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio que en autos seguidos ante este juzgado, tramitados bajo el número 9/2003 a instancia de Paula Ríos Villares contra Óscar López Seoane y Fogasa sobre resolución de contrato, se dictó la siguiente sentencia:

«En A Coruña, 30 de enero de 2003.

Jorge Hay Alba, magistrado-juez del Juzgado de lo Social número dos de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio nº 9/2003, seguidos a instancia de Paula Ríos Villares, mayor de edad, asistida por el letrado Santiago Güemez Abad, contra la empresa

Óscar López Seoane, que no ha comparecido en los autos, siendo el objeto de la reclamación, resolución de contrato.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido que estimando la demanda interpuesta por Paula Ríos Villares contra la empresa Óscar López Seoane, debo declarar y declaro la extinción de la relación laboral que unía a las partes y condeno a la demandada a abonarle a la actora la cantidad de 364,16 euros en concepto de indemnización.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de esta sentencia; y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita, deberá, al anunciarlo, entregar el resguardo acreditativo de consignación de la cantidad objeto de la condena en

la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banesto de esta ciudad con el número de cuenta 0030-6349-0000-5603, clave 60, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Y, asimismo, deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la cantidad de 150,25 euros en concepto de depósito, en la clave 65 de la citada cuenta y expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a la empresa Óscar López Seoane, de domicilio desconocido, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente cédula en A Coruña a 31 de enero de 2003.

El secretario judicial

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