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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Martes, 18 de marzo de 2003 Pág. 3.305

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2003, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se hace pública la modificación de los estatutos sociales de la entidad Cooperativa de Meirás de Consumidores e Usuarios, Sociedade Cooperativa Galega.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia y en el artículo 53 del Reglamento del registro de cooperativas, se hace público que esta dirección general resolvio inscribir en el Registro Central de Cooperativas la modificación de estatutos sociales de la entidad Cooperativa Agraria de Meirás, Sociedade Cooperativa Galega, acordada en la asamblea general celebrada en fecha 24 de noviembre de 2002, constando como nueva denominación: Cooperativa de Meirás de Consumidores e Usuarios, Sociedade Cooperativa Galega, clasificándose como cooperativa de consumidores y usuarios y teniendo como nuevo objeto social procurar, en las mejores condiciones de calidad, información y precio, bienes y servicios, para el consumo o uso de los socios y de los familiares que con ellos convivan, en particular:

-Suministro de artículos de consumo, uso, vestido, mobiliario y demás elementos propios de la economía doméstica.

-Servicios diversos para la realización de las actividades domésticas.

-Bienes y servicios y actividades necesarias para la vida docente, desarrollo cultural y cultivo del tiempo libre de los socios, como libros, material didáctico, instalaciones deportivas.

-Conciertos de intermediación económicos con entidades financieras, compañías de seguros, empresas de distribución que contribuyan a provisión de bienes de diversa naturaleza propios de todos ellos de la economía doméstica.

Igualmente constituyen el objecto de esta sociedad la defensa, formación, información y promoción de los derechos de los consumidores y usuarios.

Cualesquiera otros fines lícitos que tengan o puedan tener en el futuro, relación directa o indirecta con el cumplimiento del objecto social.

Santiago de Compostela, 30 de enero de 2003.

Pilar Cancela Rodríguez

Directora general de Relaciones Laborales