En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, y a los efectos previstos en éste, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y estatutos del Sindicato Galego de Profesionais da Sanidade que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán ser miembros del sindicato todos los trabajadores que presten o prestasen servicios en una empresa, sea pública o privada, dedicada a la actividad sanitaria en general.
Firman el acta de constitución: Carlos Fernández Gómez y tres personas más.
Santiago de Compostela, 12 de febrero de 2003.
Pilar Cancela Rodríguez
Directora general de Relaciones Laborales

