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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Martes, 01 de abril de 2003 Pág. 4.035

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE A CORUÑA

RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2003 por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de dos plazas de operadores de la red de comunicaciones vacantes en la plantilla de personal laboral de esta universidad.

Siendo urgente la provisión de los puestos de operadores de la red de comunicaciones, números 27 y 28 de la vigente relación de puestos de trabajo del personal laboral de administración y servicios, publicada por Resolución de 8 de agosto de 2000, y aprobado por la Junta de Gobierno el sistema de selección de concurso-oposición para su provisión, según establece el artículo 111.3º de los estatutos,

Este rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (BOE del 24 de diciembre), así como en los estatutos

de esta universidad, aprobados por decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiembre) y modificados por decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio (DOG del 28 de agosto), y objeto de atender las necesidades de la red de comunicaciones,

RESUELVE:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir dos plazas de operadores de la red de comunicaciones, grupo III, de acuerdo con la siguiente distribución: una plaza por el sistema general de acceso libre y una plaza por el sistema de promoción interna. Las vacantes no cubiertas por el turno de promoción interna se acumularán a las de acceso libre. Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los turnos citados.

Las pruebas selectivas se realizarán con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Solicitudes.

1.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como anexo IV. A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad, acreditándose además el pago de los derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2.

Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

La presentación de las solicitudes se hará en el registro general de la Universidad de A Coruña (edificio del Rectorado, calle de la Maestranza, s/n, CP 15001) y Ferrol (Vicerrectorado del Campus, Doctor Vázquez Cabrera, s/n, CP 15403), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas correspondientes.

1.2. Los aspirantes por el turno libre deberán justificar el ingreso en la cuenta corriente 0049-5030-15-2516011262, concursos-oposiciones; Banco Santander Central-Hispano de A Coruña, de la cantidad de 27 euros por derechos de inscripción. La solicitud deberá ir acompañada del justificante acreditativo del ingreso, cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el pago supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en el punto 1.1.

1.3. Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso deberán acreditarlos mediante la presentación de los documentos justificativos originales o copias compulsadas. Los servicios prestados en la

Universidad de A Coruña se acreditarán mediante certificación expedida por la Gerencia de la Universidad de A Coruña, referida a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia de la presente convocatoria.

1.4. Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad, podrán indicarlo en la casilla número 14 de la instancia y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.

1.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 1.1. para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el tribunal.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta está definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación en los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España.

b) Haber cumplido dieciocho años de edad y no exceder de los sesenta y cinco.

c) Estar en posesión de una titulación de FP de 2º grado o equivalente, o en condiciones de obtenerla en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. Los aspirantes de nacionalidad no española deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. En el turno de promoción interna podrán participar los trabajadores laborales fijos de la universidad que pertenezcan a categoría distinta a la de

las plazas objeto de provisión y que dispongan de la titulación o formación que los habilite para el desarrollo profesional de las plazas ofertadas.

2.3. Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

3. Discapacidades.

3.1. Para la realización de las pruebas selectivas el tribunal calificador de las mismas establecerá, para las personas con minusvalías que lo hubiesen demandado en la solicitud de admisión, las adaptaciones posibles de tiempos y medios.

3.2. Si en el desarrollo del proceso selectivo se plantearan dudas al tribunal respecto a la capacidad de los aspirantes con alguna discapacidad para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los trabajadores de la categoría de operadores de la red de comunicaciones, podrá solicitar el correspondiente dictamen del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

4. Listas de admitidos y excluidos.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de veinte días naturales, el rector de la universidad dictará resolución, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia, declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos y documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir de la publicación de la referida resolución, para corregir el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido el citado plazo el rector dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia.

4.2. El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 10.1 de esta convocatoria.

5. Sistema selectivo.

5.1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

5.2. El programa de las pruebas de la fase de oposición es el que figura como anexo II.

6. Tribunal calificador.

6.1. El tribunal calificador es el que figura como anexo III de la presente convocatoria.

6.2. El tribunal en su constitución, composición y funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el

Reglamento de personal de administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).

6.3. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en el número que considere necesario.

6.4. El tribunal tendrá la categoría tercera de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG del 25 de junio).

6.5. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de A Coruña (calle Maestranza, sin número).

7. Calendario de las pruebas.

7.1. El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios será hecho público en la resolución rectoral que apruebe las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.

7.2. La duración máxima de las pruebas selectivas será de un año desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

7.3. El orden de actuación de los aspirantes será la que determine la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realice la prueba.

7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en un único llamamiento, quedando decaídos en el su derecho los que no comparezcan, excepto en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente considerados por el tribunal. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

8. Aspirantes de nacionalidad extrajera.

8.1. Con carácter previo a la realización de los ejercicios de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de un prueba, en la que se comprobará que posean un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

8.2. El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real decreto 826/1988, de 20 de julio (BOE del 29 de junio), por lo que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se calificará con apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración de apto para pasar a realizar los ejercicios de la fase de oposición. Quedan eximidos de realizar esta prueba los aspirantes que acrediten mediante fotocopia compulsada estar en posesión del diploma superior de español como lengua extranjera, establecido por el Real decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Real decreto 1/1992, de 10 de

enero, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas. De no aportar esta documentación, no podrán ser declarados exentos, debiendo, en consecuencia, realizar la prueba descrita en el párrafo anterior.

9. Lista de aprobados.

9.1. El tribunal hará pública la valoración de los méritos de la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la fase de oposición.

9.2. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública en el Rectorado de A Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol y en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en aquellos otros que estime oportuno, la puntuación obtenida por los aspirantes en el mismo, así como, en su caso, la de cada una de las pruebas que lo compongan.

Posteriormente, el tribunal hará pública, en esos mismos lugares, la relación definitiva de aprobados para cada uno de los sistemas de acceso, que en ningún caso podrá contener un número de candidatos superior al de las plazas convocadas, en la que constará el nombre y la puntuación de los aspirantes que, alcanzando la puntuación mínima exigida para superar los ejercicios de la fase de oposición, obtuvieran la mayor puntuación final calculada de acuerdo con el sistema previsto en el anexo I. Los opositores que no estén incluidos en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no apto a todos los efectos, único extremo acerca del que el tribunal podrá certificar.

9.3. El tribunal remitirá al rector la relación definitiva de los aspirantes aprobados por el orden de esta puntuación final, con propuesta de que se les formalice el correspondiente contrato de trabajo.

10. Presentación de documentos y formalización de los contratos.

10.1. En el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en el Servicio de Personal de la Universidad de A Coruña (calle de la Maestranza, s/n) los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las pruebas.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes de nacionalidad no española deberán presentar declaración o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que inhabilite en su Estado el acceso a la función pública.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

10.2. Cumplimentados debidamente por el aspirante que superó las pruebas selectivas los trámites de presentación de documentos, será contratado como operador de la red de comunicaciones.

Los seleccionados por el turno de promoción interna tendrán preferencia sobre el turno libre para la elección de vacantes.

10.3. El período de prueba será de tres meses, durante el que el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso. Este período de prueba no será aplicable a los aspirantes que con anterioridad hayan desempeñado funciones de operadores de la red de comunicaciones en la Universidad de A Coruña.

Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de personal de administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero) y a los estatutos de esta universidad, aprobados por decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiembre) y modificados por decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio (DOG del 28 de agosto), la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (BOE del 24 de diciembre), sobre acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea, y a las bases de esta convocatoria.

Tercero.-La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ellas podrán ser impugnados ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra los actos del tribunal calificador de las pruebas ante el rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos en el artículo 114 y concordantes de la mencionada ley.

A Coruña, 18 de febrero de 2003.

José Luis Meilán Gil

Rector de la Universidad de A Coruña

ANEXO I

Operadores de la red de comunicaciones

Procedimiento de selección

Fase de oposición.

A) Ejercicios.

La fase de oposición consistirá en la realización de tres ejercicios, todos ellos obligatorios para los aspirantes del turno libre. Los aspirantes del turno de promoción interna estarán exentos del ejercicio de gallego.

Primer ejercicio: consistirá en contestar un cuestionario de, al menos, 60 preguntas con respuestas múltiples, entre las que sólo una será correcta, basado

en el contenido que para este ejercicio se fija en el programa en los módulos I y II.

Los aspirantes tendrán un plazo de al menos setenta y cinco minutos para la realización del ejercicio y su valoración será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: consistirá en la realización de dos supuestos prácticos específicos, elegidos de entre cuatro propuestos por el tribunal relacionados con la parte específica del programa, módulo III.

Los aspirantes tendrán un plazo de al menos dos horas para resolver los supuestos.

La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para tener acceso al siguiente ejercicio.

Tercer ejercicio: consistirá en la traducción, sin diccionario, de dos textos propuestos por el tribunal, uno del gallego al español y otro del español al gallego y su valoración será de 0 a 10 puntos. Este ejercicio no tendrá carácter eliminatorio.

B) Valoración de la fase de oposición:

a) Turno de acceso libre: la calificación final de la fase de oposición se obtendrá de la siguiente forma: (0,3 x nota 1 ejerc. + 0,6 x nota 2º ejerc. + 0,1 x nota 3 ejerc.) x 8, por lo que tendrá un valor máximo de 80 puntos.

b) Turno de promoción interna: la calificación final de la fase de oposición se obtendrá de la siguiente forma: (0,3 x nota 1 ejerc. + 0,7 x nota 2º ejerc.) x 8, por lo que tendrá un valor máximo de 80 puntos.

Fase de concurso.

En esta fase se valoran:

Los servicios prestados en la Universidad de A Coruña como operadores de la red de comunicaciones, en régimen de contrato temporal, a razón de 0,40 puntos por cada mes completo o fracción, hasta un máximo de 20 puntos.

Sistema de puntuación.

La calificación final de las pruebas, que como máximo será de 100 puntos, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso de empate dentro de cada apartado, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, si esto no fuera suficiente a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, si esto no fuera suficiente en el primer ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimiría por el orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose la citada orden por la letra a la que se refiere la base 7.3 de la presente convocatoria.

ANEXO II

Operadores de la red de comunicaciones

Programa de las pruebas

Módulo I. Legislación.

1. La Universidad de A Coruña. Estructura. Órganos de Gobierno: Centros, departamentos, institutos, servicios. Rector, vicerrectores, secretario general, geren

te, decanos, directores, otros órganos unipersonales. Consejo Social, Claustro, Consejo de Gobierno, juntas de centro, consejos de departamento e institutos.

2. El personal docente e investigador: clases y régimen jurídico del profesorado universitario.

3. El personal de administración y servicios: clases y régimen jurídico del personal de administración y servicios.

4. El estudio y la investigación en la Universidad de A Coruña: estudios de 1º y 2º ciclo. Estudios de doctorado y postgrado. La organización de la investigación. Contratos, convenios y cursos de especialización.

5. Legislación informática y de comunicaciones: derecho a la intimidad. Ley de protección de datos de carácter personal. Disposiciones, principios y derechos. La agencia de protección de datos. La protección jurídica del software. Ley general de telecomunicaciones.

Módulo II. Fundamentos.

1. Concepto de informática. Sistemas informáticos. Arquitectura de ordenadores. Programas.

2. Microinformática. Arquitectura del PC. Instalación y configuración de dispositivos hardware. Unidad central de proceso, memorias, dispositivos de almacenamiento, periféricos, ...

3. Redes de telecomunicaciones: tipos de redes y servicios de telecomunicación.

4. Redes de datos: tipos de redes. Clasificaciones. Modelos de referencia OSI. Tipos de servicios.

5. El nivel físico. Medios de transmisión.

6. Conceptos de conmutación, transmisión y señalización.

7. Sistemas de cableado estructurado. Medios físicos de transmisión. Tipos de cableado. Sistemas corporativos de cableado estructurado. Repartidores de telefonía.

8. Red Telefónica Convencional y RDSI. Puntos de terminación, terminales y servicios.

9. Centrales privadas de telefonía. Conceptos, funcionamiento y servicios.

10. Protocolos de redes públicas de datos. X25, Frame Relay, RDSI, RTC, circuitos E1.

11. Protocolo ATM. Conceptos básicos. LANE. LAN virtuales.

12. Redes locales. Control de acceso al medio. Protocolo Ethernet.

Módulo III. Parte específica.

1. Sistema operativo Unix. Conceptos y comandos básicos.

2. Sistemas operativos Microsoft: Windows98, NT, 2000. Componentes principales. Instalación, operación y mantenimiento. Arquitectura de redes Microsoft. Gestión remota de equipos de usuario.

3. Ofimática. Instalación y configuración. Integración de aplicaciones. Soporte de usuario.

4. Protocolos de Internet. IP, ICMP, UDP, TCP, HTML. Subdireccionamiento. Routers, hubs, conmutadores. Operación y mantenimiento.

5. Conmutadores LAN. Funciones y protocolos. El ES-3810 de Fore Systems. El Cajun P330 de Avaya. Configuración, operación y mantenimiento.

6. Operación del sistema de gestión de red HP Openview. Protocolo SNMP.

7. Sistemas de información. Conceptos, capas de funcionamiento. Netscape, Internet Explorer. Sistemas de correo electrónico. Programas de usuario de correo electrónico.

8. Instalación y administración de redes microinformáticas. Arquitectura cliente-servidor. Compartición de recursos.

9. Servicios y prestaciones de una central de telefonía privada. Servicios de valor añadido para los usuarios. Tipos de extensiones. Servicios posibles a los usuarios.

10. Redes de telefonía corporativas. Servicio Centrex.

11. Sistemas de videoconferencia H320 y H323. Conceptos básicos.

12. La rede de comunicaciones de la UDC.

ANEXO III

Operadores de la red de comunicaciones

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: José Luis Meilán Gil, rector de la Universidad de A Coruña.

Vocales:

Jesús Cardenal Carro, profesor titular de universidad.

Javier Fariñas Alvariño, analista de la red de comunicaciones.

Rogelio Lage Vázquez, representante de los trabajadores.

Mª Josefa Padín García, representante de los trabajadores.

Suplentes:

Presidente: Rosa Mª Fernández Esteller, vicerrectora de Innovación Tecnológica de la Universidad de A Coruña.

Vocales:

Manuel José Posse Fernández, analista de la red de comunicaciones.

Rosa Mª Reinoso Justo, analista responsable de Sistemas de los Servicios Informáticos de Gestión.

Mª José Grueiro Maroño, representante de los trabajadores.

Salvador J. Peña Díaz, representante de los trabajadores.