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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Viernes, 04 de abril de 2003 Pág. 4.316

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CUATRO DE FERROL

EDICTO (351/2000).

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

«Que estimo la demanda de separación formulada por Raquel Prado Rivera contra Rafael Doce Dopico, y en su virtud:

A) declaro la separación del matrimonio, con las medidas indicadas en el fundamento de derecho tercero, que se dan por reproducidas en su integridad, y ello sin perjuicio de disposición legal y derecho de tercero, y asimismo,

B) Sin que haya lugar a hacer expresa condena en costas causadas en este juicio.

Así por esta mi sentencia que no es firme y contra la que puede presentarse recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este juzgado de primera instancia e instrucción, y de la que se llevará testimonio a las actuaciones originales, la pronuncio, mando y firmo».

Y como consecuencia del ignorado paradero de Rafael Doce Dopico, se extiende el presente edicto para que sirva de cédula de notificación.

Ferrol, 24 de enero de 2003.

El secretario

Rubricado

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO

DE PADRÓN