De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado del acuerdo de inicio del procedimiento de reintegro de la subvención del expediente administrativo, conforme a lo establecido en la Orden de 4-2-2000 (DOG nº 62, del 31 de marzo), se publica:
1º Expediente de reintegro: FM Reint. 2003/085-5.
Expediente de gestión: FM 341D 2000/227-5.
Orden de la convocatoria: 4-2-2000 (DOG nº 33, del 17 de febrero).
Interesada: Mª Beatriz Vázquez Gorrita.
Dirección: c/ Sagunto, 61 36205 Vigo (Pontevedra).
Asunto: acuerdo de inicio del procedimiento de reintegro.
Acuerdo:
Revisado su expediente de conformidad con las facultades de control, evaluación y seguimiento que corresponde a la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales según la disposición adicional primera de la Orden de 4 de febrero de 2000 (DOG del 17 de febrero) por la que se establecen los programas de fomento del empleo en empresas de economía social, para la promoción del empleo autónomo y para la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y trabajo autónomo, en relación con el
Decreto 23/2003, de 20 de enero (DOG del 21 de enero), por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia.
Y comprobada la vida laboral de Mª Beatriz Vázquez Gorrita (36109028 V) a través del cruce de datos con el sistema de Seguridad Social, se detecta la baja de la misma desde 30-4-2002, incumpliendo el artículo 8 de la Orden de 4 de febrero de 2000 (DOG del 17 de febrero).
ACUERDO:
Primero.-Iniciar, en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 20.2º del Decreto 287/2000, de 21 de noviembre (DOG del 11 de diciembre), el procedimiento de reintegro de la subvención de 3.606,07 (600.000 pesetas) concedida en la Resolución de 5-7-2000 en concepto de renta para inicio de actividad.
Segundo.-El reintegro voluntario por el interesado ante el órgano competente de la Consellería de Economía y Hacienda, en cualquier momento anterior a la propuesta de resolución, producirá la terminación del procedimiento, sin perjuicio de que se dicte la resolución por la que se declare dicha circunstancia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.5º y 20.6º del Decreto 287/2000, de 21 de noviembre.
Tercero.-Dar trámite de audiencia al interesado, concediendo a Mª Beatriz Vázquez Gorrita, un plazo de 10 días hábiles para formular las alegaciones y aportar los documentos que estime pertinentes.
Vigo, 21 de marzo de 2003. P.D. Joaquín Macías Sánchez. Delegado provincial.
Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Promoción del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales en Vigo.
Vigo, 16 de mayo de 2003.
Joaquín Macías Sánchez
Delegado provincial de Pontevedra

