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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 120 Lunes, 23 de junio de 2003 Pág. 8.227

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

ORDEN de 17 de junio de 2003 por la que se resuelve la cesión de material para el Plan de Salvamento en Playas de Galicia (Sapraga), para misiones de protección civil.

Por Orden de 13 de marzo de 2003 (DOG nº 61, del 27 de marzo), la Consellería de Justiza, Interior y Administración Local, anunció medidas de apoyo

a los ayuntamientos gallegos, consistentes en la cesión de material para el Plan de Salvamento en Playas de Galicia (Sapraga), para misiones de protección civil.

Visto el informe técnico de los servicios provinciales de protección civil y la propuesta de resolución de la Comisión Evaluadora, en aplicación del artículo 7 de la Orden de 13 de marzo,

RESUELVO:

Primero.-Conceder con cargo a la aplicación 13.04.231A.623.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2003, la cesión en propiedad de material para el Plan de Salvamento en Playas de Galicia (Sapraga), a los ayuntamientos de la provincia de A Coruña: Ares, Arzúa, Boiro, Cabana de Bergantiños, Camariñas, Carballo, Cariño, Carnota, Cedeira, Cee, Corcubión, A Coruña, Dumbría, Ferrol, Fisterra, A Laracha, Laxe, Malpica, Mañón, Miño, Muros, Muxía, Noia, Oleiros, Ortigueira, Outes, A Pobra do Caramiñal, Ponteceso, Pontedeume, As Pontes de García Rodríguez, Porto do Son, Rianxo, Sada e Valdoviño; de la provincia de Lugo: Barreiros, Burela, Cervo, Chantada, Foz, Ribadeo, O Vicedo, Viveiro e Xove; de la provincia de Ourense: A Veiga, Avión, O Carballiño, Coles, Muíños, Ourense, Vilar de Barrio e Xunqueira de Ambía; y de la provincia de Pontevedra: A Guarda, Agolada, Bueu, Cambados, Cangas, Catoira, Marín, Mondariz, O Grove, Poio, Redondela, Sanxenxo,

Soutomaior, Tomiño, Tui, Mancomunidad de Ayuntamientos del Val Miñor, Vigo e Vilagarcía.

Segundo.-Se notificará el contenido de esta resolución a los ayuntamientos beneficiarios, especificando las condiciones particulares que deberán cumplir, y que se formalizará mediante acta en la que constará el acuerdo de la cesión y la aceptación del cesionario.

Tercero.-Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden.

En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.

Santiago de Compostela, 17 de junio de 2003.

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Administración

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