En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.2º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, en relación con lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, se hace público que el Pleno del Ayuntamiento de Entrimo, en la sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 30 de junio de 2003, acordó por unanimidad de sus miembros aprobar definitivamente el proyecto de ordenación del medio rural del Ayuntamiento de Entrimo.
Recursos: contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de la norma general en el BOP y el extracto en el DOG, según lo dispuesto en el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Entrimo, 7 de julio de 2003.
Ramón Alonso López
Alcalde-presidente

