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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Miercoles, 16 de julio de 2003 Pág. 9.522

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de la modificación del acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de compensación de la unidad de actuación número 10 del Plan General de Ordenación Urbana: corrección de error material para constancia de carga hipotecaria y su sustitución solicitada por Inversiones Playamar, S.L.

La Comisión de Gobierno, en sesión de 14 de abril de 2003, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.-Proceder a la corrección del error material detectado en el acuerdo de la Comisión de Gobierno de 23 de septiembre de 2002, por el que se prestaba aprobación definitiva al proyecto de compensación de la unidad de actuación nº 10 del PGOU, sita entre las calles Ernesto Caballero, Ramón Cabanillas y Ángel Amor Ruibal, presentado en el registro del ayuntamiento el 25 de marzo de 2002 por Inversiones Playamar, S.L. en su condición de propietaria única de la totalidad de los terrenos integrantes de la unidad y suscrito por los arquitectos Castro y Lorenzo, al no hacerse constar la preexistencia de la carga hipotecaria referida en la parte expositiva y a su sustitución sobre la parcela de resultado «A» y, en consecuencia, prestar aprobación definitiva al texto refundido-3, de la misma autoría, y presentado en este ayuntamiento el 17 de marzo de 2003, que anula y sustituye al anterior, disponiéndose, asimismo, la anulación de aquellas determinaciones y documentos integrantes del

mismo que hagan referencia a la obligación de aportar económicamente el ayuntamiento cualquier gasto que pudiera corresponderle como administración receptora del diez por ciento del aprovechamiento tipo, por el coste de redacción de proyectos y la gestión del plan especial, del proyecto de urbanización y de las propias obras de urbanización, acuerdo que se adopta exonerando al ayuntamiento de tales obligaciones económicas y en función del ofrecimiento efectuado por la sociedad el 24 de junio de 2002, con la finalidad de proceder a la gestión y ejecución de este ámbito espacial de equidistribución, determinándose que la formalización de este proyecto de compensación se efectúe en documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos de este ayuntamiento con el contenido legalmente exigido, sustituyendo la certificación de 13 de enero de 2003, por una nueva que refleje el contenido del proyecto de compensación corregido que se aprueba por

el presente acto, o bien mediante escritura pública si así lo prefiere la propietaria única y por cuenta de la misma. En cualquier caso, el documento en el que se formalice será inscrito en el Registro de la Propiedad, previa protocolización notarial del mismo, siendo ambas obligaciones por cuenta de la propiedad.

Segundo.-Incorporar, de acuerdo con este proyecto de compensación, los terrenos de la U.A. nº 10, de cesión obligatoria que se grafan en el citado proyecto, incluida la parcela «C», de 456,30 m, correspondiente al 10% del aprovechamiento no patrimonializable por la propiedad -en pleno dominio y completamente libres de cargas y gravámenes- al patrimonio municipal e inventario de bienes y a su afectación a los usos previstos por el planeamiento.

La cesión se entenderá sin perjuicio del derecho de ocupación para procederse a la ejecución de las obras, teniendo que efectuarse la cesión y entrega de la urbanización en un plazo no superior a tres meses, contado desde la recepción definitiva por la propiedad, formalizándose esta en actas que suscribirán este ayuntamiento y la sociedad limitada promotora».

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto podrá interponerse bien el recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en el artículo 116.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8.1º y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

De interponerse el recurso potestativo de reposición, éste deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes según se establece en el artículo 117.2º de la citada Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, entendiéndose desestimado por el transcurso del mencionado plazo sin resolución expresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2º de esta Ley 30/1992, pudiendo entonces interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses contados desde el día siguiente de aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto, conforme a lo establecido en el artículo 46.1º y 4º de la Ley 29/1998.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedentes con arreglo a derecho.

Pontevedra, 9 de junio de 2003.

P.D.

Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo

Teniente alcalde delegado del Área de Urbanismo

y Medio Ambiente

Julio Dapena Outomuro

Secretario general