Advertido error en el citado decreto, publicado en el DOG nº 50, del 12 de marzo de 2003, procede efectuar la siguiente corrección:
En el párrafo tercero inciso primero del preámbulo, donde dice: «La citada ley aprobó, como uno de los símbolos de Galicia, su escudo, y fijó en su artículo 7º los supuestos en los que éste deberá ser utilizado», debe decir: «La Ley 5/1984, de 29 de mayo, aprobó como uno de los símbolos de Galicia, su escudo, y fijó en su artículo 7º los supuestos en los que éste deberá ser utilizado».
CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES
Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA