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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Jueves, 07 de agosto de 2003 Pág. 10.347

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 30 de julio de 2003 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro privado Vangarda Formación de Lugo, para impartir el ciclo formativo de grado superior de información y comercialización turísticas en turno de mañana y el de agencias de viajes en turno de tarde-noche.

Examinado el expediente presentado por Teresa Carballo Barro, en el que solicita autorización para la apertura y funcionamiento del centro privado Vangarda Formación de Lugo, para impartir el ciclo formativo de grado superior de información y comercialización turísticas en turno de mañana y el de agencias de viajes en turno de tarde-noche.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Lugo, quien lo remite con los informes correspondientes.

Vistos la Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4 de octubre), de ordenación general del sistema educativo; la Ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad de la educación (BOE del 24 de diciembre de 2002); el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan ense

ñanzas de régimen general no universitarias; el Real decreto 777/1998 (BOE del 8 de mayo) por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; la Orden de 21 de diciembre de 1999 (DOG del 31 de enero de 2000) por la que se regulan determinados aspectos relativos a la autorización de centros privados exclusivos de formación profesional específica en la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 296/1999 (DOG del 18 de noviembre de 1999) por el que se desarrollan determinados aspectos de los currículos de los ciclos formativos de formación profesional específica en la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22 de mayo), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que desarrolla dicho decreto.

Considerando que concurren en el expediente los requisitos exigidos en las disposiciones vigentes para poder acceder a lo solicitado.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Ordenación Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del centro privado Vangarda Formación de Lugo, para impartir el ciclo formativo de grado superior de información y comercialización turísticas en turno de mañana y el de agencias de viajes en turno de tarde-noche, según se especifica en el anexo de esta orden.

Segundo.-Para las enseñanzas que se autorizan, la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, después del informe de la Inspección educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro, así como el equipamiento adecuado.

Tercero.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de julio de 2003.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: Lugo.

Municipio: Lugo.

Localidad: Lugo.

Domicilio: Dr. Yánez Rebolo, 58 B.

Código del centro: 27020732.

Denominación: Centro privado Vangarda Formación.

Titular: Teresa Carballo Barro.

Enseñanzas que se autorizan:

Familia profesional: hostelería y turismo.

1 ciclo formativo de grado superior de información y comercialización turísticas (1 unidad para 20 alumnos) en turno de mañana.

1 ciclo formativo de grado superior de agencias de viajes (1 unidad para 20 alumnos) en turno de tarde-noche.

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN

LOCAL