Por medio de esta cédula se les notifican a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.
Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante este Subdirección General de Inspección de Transportes lo que consideren conveniente, haciendo llegar o proponiendo las pruebas que consideren oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta cédula.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 14 de julio de 2003.
Alberto Eiras Martínez
Jefe de Servicio de Informes y Recursos
ANEXO
infringido sancionador propuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-5298-BG
3544790902A2053 Lg. Alto de Puxeiros, 55
36415 Mos (Pontevedra)
24-6-2003; 11.08.27 art. 41 R.D. 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990 Obstrucción
3325183846L145100493 Alvedosa, 53-1º A
36800 Redondela (Pontevedra)
27-6-2003; 10.23.43
art. 201 R.D. 1211/1990DX-00173-I-2003
Área de Asistencias, S.L.
Con fecha de registro de salida 13-3-2003, se requirió a la empresa Área de Asistencias, S.L., para que remitiese a esta Subdirección General la siguiente documentación: 1. Copia de las facturas emitidas por los portes realizados en el mes de septiembre de 2002 con el vehículo matrícula PO-5298-BG, 2. Copia de la ITV del mismo y 3. Discos-diagrama correspondientes al citado vehículo durante el mes requerido, y relación de conductores que prestaron sus servicios en el vehículo. De la documentación aportada se comprueba que se realizó transporte con el vehículo durante el mes de septiembre de 2002, careciendo de autorización administrativa (tarjeta de transportes).
Art. 90 Ley 16/1987 y
Art. 143 Ley 16/1987,
300 euros
DX-00191-I-2003
Transportes Jumalex, S.L.
Con fecha de registro de salida 9-4-2003, fue requerida la empresa Transportes Jumalex, S.L., para que en el plazo de 10 días, a contar desde la recepción del requerimiento, remitiese a esta Subdirección General los discos-diagrama de los vehículos en el mismo reseñados, del período comprendido entre el 5 de enero y el 23 de febrero de 2003, así como relación de conductores que prestaron sus servicios en los vehículos durante dicho período de tiempo. Según el correspondiente acuse de recibo la recepción del requerimiento tuvo lugar el 15-4-2003. Transcurrido el plazo señalado, no se ha cumprido con el citado requerimiento, lo cual constituye una infracción muy grave por obstrucción a la actuación de los servicios de inspección, impidiéndole el ejercicio de sus funciones.
Art. 33 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres (BOE nº 182, del 31) y art. 19 del Real decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, Reglamento de la Ley 16/1987 (BOE nº 241, del 8 de octubre) Art. 143 Ley 16/1987,
1.500 euros