Advertidos errores en la Orden de 23 de julio de 2003, de la Consellería de Innovación Industria y Comercio, por la que se regula la aplicación en la Comunidad Autónoma de Galicia del Reglamento electrotécnico de baja tensión, aprobado por el Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 152, del 7 de agosto de 2003, se deben realizar las siguientes correcciones:
1. En el artículo 3º.-Documentación y puesta en servicio de las instalaciones, donde dice: «la memoria técnica de diseño (MTD) a la que hace referencia la ITC-BT-04 se redactará conforme al modelo que se incluye como anexo I de esta orden».
Debe decir:
«Antes de la puesta en servicio de las instalaciones,
y con objeto de registrarlas, el instalador autorizado deberá presentar ante la correspondiente delegación provincial la documentación a que hace referencia el artículo 18.1ºe) del Reglamento electrotécnico de baja tensión, acompañada de un escrito del presentación según el modelo que se incluye como anexo I-a) de esta orden.
La memoria de diseño (MTD) a la que hace referencia la ITC-BT-04 se redactará, en su caso, conforme al modelo que se incluye como anexo I-b) de esta orden.
2. En la disposición transitoria única apartado a), donde dice: «Instalaciones que requieren proyecto: que disponga de proyecto eléctrico o de ejecución básica visado por el colegio profesional correspondiente, con fecha anterior a la de comienzo del peróodo transitorio».
Debe decir: «Instalaciones que requieren proyecto: que disponga de proyecto eléctrico de ejecución visado por el colegio profesional correspondiente con fecha anterior a la de comienzo del período transitorio».
3. En lugar dos impresos que figuran como anexo I, deben figurar los impresos publicados a continuación como anexo I-a) y anexo I-b).