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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Viernes, 28 de octubre de 2011 Pág. 31749

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura y Turismo

DECRETO 202/2011, de 13 de octubre, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el Santuario de Nuestra Señora del Refugio La Divina Peregrina, en el término municipal de Pontevedra, en la provincia de Pontevedra.

La Dirección General del Patrimonio Cultural, por Resolución de 14 de abril de 2011, incoa el expediente para la declaración de bien de interés cultural (BIC), con la categoría de monumento, en favor del Santuario de Nuestra Señora del Refugio La Divina Peregrina, en el término municipal de Pontevedra, en la provincia de Pontevedra, y dispone la apertura de un período de información pública durante el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, que tiene lugar el día 28 de abril de 2011 (DOG número 82).

Vistos los informes de la Real Academia Gallega de Bellas Artes de Nuestra Señora del Rosario, del Consejo de la Cultura Gallega, de la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad de Santiago de Compostela y de la Comisión Territorial del Patrimonio Histórico de Pontevedra, así como el de los servicios técnicos de la Dirección General del Patrimonio Cultural, todos ellos favorables a la declaración, se propone declarar el Santuario de Nuestra Señora del Refugio La Divina Peregrina bien de interés cultural, con la categoría de monumento.

A la vista de todo lo anterior, finalizada la instrucción del correspondiente procedimiento administrativo, es necesario proceder a su resolución definitiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.

En consecuencia, a propuesta del conselleiro de Cultura y Turismo, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día trece de octubre de dos mil once,

DISPONGO:

Primero. Declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el Santuario de Nuestra Señora del Refugio La Divina Peregrina, en el término municipal de Pontevedra, en la provincia de Pontevedra, según la descripción y justificación que se detallan en el anexo I.

Segundo. La zona afectada por la declaración es la comprendida en la delimitación literal y gráfica recogidas en el anexo II de este decreto.

Disposición final.

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, trece de octubre de dos mil once.

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Roberto Varela Fariña
Conselleiro de Cultura y Turismo

ANEXO I
Descripción y justificación

El santuario, levantado en un terreno fuera de las murallas de la ciudad medieval en las proximidades de la puerta de As Trabancas, por la que entraban en Pontevedra los que venían de Portugal y de Tui para dirigirse a Santiago de Compostela, se sitúa en la plaza de la Peregrina, donde el Camino Portugués de Santiago entra en el conjunto histórico de Pontevedra.

Su construcción se inició en el año 1778, bajo la dirección de Antonio de Souto, que contó con la colaboración de Bernardo José de Mier, y está indudablemente ligada al Camino de Santiago.

Construido en estilo barroco tardío, con soluciones neoclásicas y con clara influencia lusa, es uno de los pocos ejemplos de iglesias con planta central.

El interior se organiza en torno a la cúpula, formando una rotonda enmarcada por cuatro pilastras de fuste estriado, que se levantan sobre una base doble, formada por un zócalo y un plinto, y que sostienen los arcos formeros rebajados sobre los que se apoya la cúpula. El anillo de la cúpula, con triglifos, gotas y denticulado, da paso a una cornisa volada que forma en el interior un balcón corrido con balaustrada de hierro. El intradós de la cúpula está decorado con radios organizados en forma tripartita, dejando entre los grupos un amplio espacio en el que se abren cuatro vanos con arco rebajado y derrame interior, recercados de moldura en ángulo. Los radios se decoran con casetos y rocalla. El presbiterio es de planta rectangular y está cubierto con bóveda de crucería rebajada. En él se instala el retablo principal de la capilla, que acoge la imagen de la Peregrina. El retablo, diseñado por Melchor de Prado a comienzos del siglo XIX, es de estilo neoclásico y, como muchos otros de su época, es de madera pintada imitando materiales nobles. La hornacina de la virgen está flanqueada por columnas corintias que sostienen una cornisa que remata en frontón triangular; sobre este y sostenido por ángeles, un medallón con un relieve que representa la Huida a Egipto. En la entrada de la capilla hay un pórtico con bóveda de aresta y dos ochavos, sobre el que existe un pequeño coro alto que se abre al espacio de la capilla.

En cuanto al exterior, lo más destacado es la fachada convexa. Se organiza horizontalmente en tres tramos. El primero, a través del cual se ilumina el interior, se divide verticalmente en tres calles: la central lleva la portada formada por un dintel con dovelas y una moldura trabajada en la misma piedra, con líneas mixtilíneas; lleva molduras en ángulo en las jambas y un gran vano semicircular en el remate; encima del arco una ventana, con un cerco de molduras, volutas a los lados y frontón triangular por encima. Este cuerpo central aparece separado de las calles laterales por medio de parejas de pilastras de orden gigante que abarcan todo el cuerpo inferior; estas se levantan sobre un podio, apoyado en un zócalo, sobre el que se apoya un plinto en el que se sitúa la base de la pilastra. El fuste de la pilastra es de festón vertical refundido. El capitel recuerda al orden toscano. Sus calles laterales llevan en su parte inferior un pequeño óculo u ojo de buey y sobre él una ventana rectangular rematada con un dosel curvo. El segundo tramo de la fachada va separado por medio de una cornisa muy volada y de línea movida; sus proporciones son la mitad de lo que mide el primer cuerpo de altura. En este tramo se disponen tres hornacinas con arco de medio punto y concha, con las figuras de San Roque, la Virgen de la Peregrina y el Apóstol Santiago vestidos de peregrinos, que van separadas por dos parejas de pilastras de estilo corintio. Este tramo remata con un friso con triglifos y capiteles con recortes de placas que recuerdan al barroco santiagués. Sobre el conjunto se repite la cornisa volada. El último tramo está formado por un frontón triangular roto que deja pasar la figura de la Fe sobre una peana y, a los dos lados, dos torres gemelas. Las torres pasan de la planta cuadrada a la octogonal. Se divide en tres cuerpos: el primero es macizo, con pilastras, de base cuadrangular; sobre este, el cuerpo de las campanas que tienen a cada lado un arco de medio punto. El tercer cuerpo se separa del anterior por una cornisa decorada con pináculos; tiene un nuevo campanario, de base octogonal, y ocho vanos de dimensiones más reducidas. Las torres se rematan con una pequeña cúpula. La fachada está formada por aparejo de sillería irregular de piedras de granito. El resto del edificio es de mampostería con cadenas y resaltan los recuadros de sillería a la vista con entrepaños de muro de mampostería encalado. El remate superior es una balaustrada volada respecto de la fachada sobre la cornisa. El ábside conforma, al exterior, un volumen independiente de la nave, al que se unieron las dos sacristías de menos altura que la primera. De la cúpula interior destaca la linterna.

Ante la portada, el atrio, en una cota superior a la de las calles, está perfectamente delimitado por una balaustrada de piedra que se rompe en cuatro puntos del perímetro en los que se sitúan las escalinatas de acceso. En frente de la puerta de entrada la balaustrada se ve interrumpida por una fuente de triple caño rematada por un arco carpanel sobre el que descansa una figura de Teucro. Los tres caños vierten las aguas en una pila situada en el exterior del atrio.

ANEXO II
Delimitación literal y gráfica

I. Descripción de la delimitación del monumento.

Con base en los criterios de proximidad y relaciones visuales se integran dentro del contorno de protección de la capilla de la Peregrina las calles de acceso al templo, las plazas y los edificios cuya modificación pueda incidir directamente en la apreciación del bien y en la relación de este con su contorno y puedan deteriorar la vista del monumento o desde el.

En el contorno de protección se incluyen, por cuestiones de relación visual desde estos espacios hacia la capilla, parte de la calle Soportais da Ferraría, la plaza da Ferraría, la plaza da Estrela, los jardines de Casto Sampedro y la calle Benito Corbal, en el tramo entre la calle Daniel de la Sota y la plaza de Ourense; estos espacios quedan incluidos en el ámbito del conjunto histórico e, independientemente de la protección que le corresponda como bien de interés cultural y de que las acciones que sobre él se lleven a cabo estén encaminadas a su conservación y mejora, las intervenciones que afecten a estas áreas no deteriorarán la percepción del monumento y no alterarán la visión del conjunto que incluye la capilla.

Fuera del ámbito del conjunto histórico se incluyen dentro del contorno de protección las calles de acceso a la plaza da Peregrina (calle Michelena, calle da Oliva, calle Peregrina), y, junto con estos espacios, las edificaciones que los conforman.

En las calles da Oliva y Peregrina, en todo su trayecto, y en las calles Michelena y Soportais da Ferraría, en el último tramo, la visión del bien protegido puede verse dificultada por la existencia de carteles, señales, paneles informativos y mobiliario urbano. Es importante el cuidado de todos aquellos elementos que se sitúan fuera de la alineación, sobrevolando u ocupando el espacio público, que puedan interrumpir la relación visual con la capilla. Es por razón de la acumulación de estos elementos (faroles, carteles, banderolas) que se ve interrumpida la que debería ser una comunicación fluida entre la capilla de la Peregrina y la plaza de Ourense y los jardines de Castro Sampedro.

En las calles pertenecientes al contorno las medianeras adquieren en algunos casos una fuerte presencia en las perspectivas visuales, ya sea desde el bien protegido o hacia él. Es por ello que la protección se extiende más allá de la fachada de las calles incluyendo:

– Con un fondo de 25 metros (fondo máximo de los edificios existentes -excepto la planta baja- y mayor que el fondo edificable) los edificios de la fachada noroeste de la calle da Oliva en el tramo desde la calle García Camba hasta la plaza da Peregrina, con el objeto de poder regular el volumen de las edificaciones y el tratamiento de las medianeras de los edificios que dan a esta calle.

– Con un fondo de 24 metros (fondo edificable mayor que el de los edificios) los edificios de la fachada sur de la calle Michelena en el tramo desde la calle Gutiérrez Mellado hasta la plaza da Peregrina.

– Se incluye, además, dentro del contorno de protección, parte de la manzana delimitada por las calles Michelena, dos Soportais y Fernando Villaverde.

Asimismo, se incluye la manzana delimitada por las calles García Camba, da Oliva y Peregrina. Los edificios que dan frente a las calles da Oliva y Peregrina se incluyen con el objeto de regular el volumen de las edificaciones, el tratamiento de las medianeras de los edificios que dan a esta calle y aquellos elementos que puedan sobresalir de las alineaciones de la calle; y respecto a los edificios que dan a la calle García Camba, la modificación del volumen de los edificios podría afectar a la percepción de la capilla dentro de su contorno.

II. Descripción de la delimitación del contorno.

El contorno de protección propuesto queda literalmente referenciado mediante la cita de las fincas catastrales y calles por las que discurre la demarcación detallada gráficamente según el plano que se adjunta (anexo II). Para la delimitación del contorno de protección se parte del punto 1 situado en la esquina noreste de la finca catastral 9479603NG2997N. Desde este punto, y coincidiendo con las alineaciones hacia el sur de la margen oeste de las calles Cobián Rofignac y Daniel de la Sota, cruza la calle de la Peregrina hasta el punto 2 situado sobre la alineación a la calle García Camba de la parcela catastral 9478016NG2997N, en el cruce de las calles Peregrina y García Camba. Sigue la alineación de la calle García Camba hacia el oeste y se prolonga esta línea cruzando la calle da Oliva hasta el punto 3, situado en la alineación de la calle da Oliva entre las fincas catastrales 9278617NG2997N y 9278616NG2997N (n.º 18 de la calle da Oliva). Desde este punto sigue el linde entre las dos fincas hasta el punto 4, situado a una distancia de veinticinco metros de la alineación. Desde este punto el límite del contorno sigue hacia el noreste por una línea paralela a la alineación de la calle da Oliva hasta el punto 5, situado en la intersección de esta línea con otra línea paralela a la alineación que esta manzana tiene a la calle Michelena, y situada a 24 metros de dicha alineación. Desde este punto sigue esta línea hasta el punto 6 de intersección entre esta y el linde de la parcela 9278636NG2997N. Sigue la línea del límite entre esta finca y la finca 9278601NG2997N hasta el punto 7, situado entre estas dos parcelas en la alineación de la calle Gutiérrez Mellado. Continúa sobre esta alineación hacia el norte y se prolonga cruzando la calle Michelena hasta el punto 8, situado en la esquina suroeste de la finca catastral 9379224NG2997N y sobre la alineación de la calle Michelena. Sigue esta alineación hasta el punto 9, situado en la esquina suroeste de la finca catastral 9379209NG2997N. Desde este punto sigue por el lindero noroeste de esta finca hasta el punto 10, situado entre la finca catastral mencionada y la 9379208NG2997N, en el cruce con la calle Soportais da Ferraría. El límite del contorno de protección atraviesa esta calle y continúa desde el extremo sur de la parcela catastral 9380617NG2998S coincidiendo con la alineación de esta manzana a la plaza da Ferraría hasta el punto 11, situado en la esquina suroeste de la finca catastral 9480223NG2998S. Sigue la alineación de esta finca y de las fincas catastrales 9480222NG2998S y 9480221NG2998S. Al llegar a la esquina noreste de esta última finca catastral cruza al punto 12, situado en la esquina de la finca catastral 9480908NG2998S. Desde este punto sigue coincidiendo con la alineación de esta finca y de la finca 9480907NG2998S a la plaza da Estrela. Esta línea se prolonga y cruza el paseo de Antonio Odriozola hasta la fachada de la delegación de Hacienda, donde se sitúa el punto 13. Desde aquí sigue la línea de la fachada hacia el sur y sigue coincidiendo la delimitación del contorno de protección con el límite de la parcela catastral 9479601NG2997N hacia el este, hasta la finca catastral 9479602NG2997N (iglesia de San Francisco), donde se sitúa el punto 14. Continúa hacia el sur primero y luego hacia el este coincidiendo con el límite de la parcela y bordeando la parcela 9479610NG2997N por el oeste y el norte, la parcela 9479609NG2997N por el norte y el este, la parcela 9479608NG2997N por el oeste y el norte y las parcelas, 9479607NG2997N, 9479606NG2997N, 9479605NG2997N y 9479603NG2997N por el norte, hasta llegar al punto de partida (1).

III. Delimitación gráfica.

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