Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Hidroeléctrica de Laracha, S.L.
Domicilio social: Nicaragua 10-3.º izda., 15005 A Coruña.
Denominación: reforma C.T. y R.B.T. Villamir.
Situación: ayuntamiento de A Laracha.
Características técnicas:
Nuevo centro de transformación tipo intemperie sobre apoyo de hormigón tipo H.V.H.-13/2.500, con transformador de potencia 400 kVA y relación de transformación de 15/0,4-0,23 kV, en sustitución del actual centro de transformación tipo caseta de obra civil, a demoler.
L.M.T. aérea a 15/20 kV, con una longitud de 35 m, con conductor aislado trenzado de tipo R.H.V.S. 12/20 kV/95 mm2 y con inicio en el apoyo número 60 existente tipo HV-2-13/1.000 de la L.M.T. Villamir (expte. 7.597) y final en el nuevo apoyo proyectado, donde se instalará el C.T. El trazado proyectado mantendrá el eje de la línea existente a sustituir, con una única alineación.
Reforma de la red aérea de baja tensión existente, con la instalación de 5 nuevos apoyos tipo HV, con conductor R.Z. 3×150×80, con una longitud de 663 m.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE número 285), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE número 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:
Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
La instalación se ejecutará en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
La presente resolución sustituye a la dictada en fecha 16.11.2011 por errores materiales en su contenido.
A Coruña, 1 de diciembre de 2011.
P.A. (Artículo 39.3 Decreto 324/2009; DOG número 117, de 17 de junio)
Isidoro Martínez Arca
Jefe del Servicio de Administración Industrial