Intentada la notificación al titular del establecimiento que se indica a continuación sin que se pudiese practicar, resuelvo notificar por este medio, al amparo del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, la resolución del recurso de alzada que se relaciona en el anexo, interpuesto contra la resolución recaída por la denegación a la solicitud de ampliación horaria, al amparo del artículo 5 de la Orden de 16 de junio de 2005, por la que se determinan los horarios de apertura y cierre de espectáculos y establecimientos públicos en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe formular recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Santiago de Compostela, 7 de diciembre de 2011.
Beatriz Cuiña Barja
Secretaria general técnica de la Consellería de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia
ANEXO
Recurrente |
Dirección |
Establecimiento |
Fecha y sentido de la resolución del recurso de alzada |
Marcos Salgueiro Montenegro |
C/ Figueiras, n.º 22 Vigo |
Invitur, S.L. (Sala A) |
7.12.2011 Desestimatoria |