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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Jueves, 16 de febrero de 2012 Pág. 6073

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 9 de febrero de 2012 por la que se dispone el cese y el nombramiento de los vocales del Consejo de Dirección del Fondo Gallego de Garantía Agraria (Fogga).

El artículo 4 de la Ley 7/1994, de 29 de diciembre, de creación del Fondo Gallego de Garantía Agraria (Fogga), conforme a la denominación actual del organismo establecida por la disposición adicional quinta de la Ley 7/2002, de 27 de diciembre, dispone que el Consejo de Dirección estará formado por su presidente, un vicepresidente, su director, cinco vocales y un secretario, correspondiéndole el nombramiento de los vocales y del director al conselleiro que ostente la competencias en materia de medio rural.

En virtud de los decretos 1/2012, de 3 de enero, y 13/2012, de 4 de enero, se fijó la estructura orgánica de la Xunta de Galicia y de sus consellerías; estableciéndose mediante el Decreto 46/2012, de 19 de enero, la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural y del Mar, y del Fondo Gallego de Garantía Agraria. Una vez aprobadas dichas normas organizativas, procede la adaptación de la composición del Consejo de Dirección del Fondo Gallego de Garantía Agraria a las mismas.

El compromiso del Gobierno gallego con los principios de austeridad, eficacia y eficiencia en el funcionamiento de la Administración de la Xunta de Galicia se plasma en esta orden al posibilitar que las funciones y facultades inherentes a la dirección del Fogga sean realizadas por un director general de la consellería.

Por tanto, se hace necesario el cese de los vocales del Consejo de Dirección de dicho organismo autónomo y nombrar los nuevos titulares del órgano de dirección del Fogga en representación de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

En su virtud y en el uso de las competencias que me atribuyen los puntos 3.º y 4.º del artículo 4 de la Ley 7/1994, de 29 de diciembre, y 9.1.º y 14.1.º del Decreto 128/1996, de 14 de marzo,

DISPONGO:

Artículo 1.

Que cesen Jorge Atán Castro, Antonio Crespo Iglesias, Tomás Fernández-Couto Juanas y José Luis Díez Díez como vocales del Consejo de Dirección del Fogga, en representación de la Consellería del Medio Rural, agradeciéndoles los servicios prestados.

Artículo 2.

Nombrar a las siguientes personas como vocales del Consejo de Dirección del Fogga, en representación de la Consellería del Medio Rural y del Mar:

– Francisco José Vidal-Pardo Pardo, secretario general técnico de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

– Juan Carlos Maneiro Cadillo, secretario general del Mar.

– Antonio Crespo Iglesias, director general de Desarrollo Rural.

– José Ángel Burgo Rodil, subdirector general de Gestión de la PAC del Fondo Gallego de Garantía Agraria.

Disposición adicional.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 4.2.º de la Ley 7/1994, de 29 de diciembre, y 9.1.º b) del Decreto 128/1996, de 14 de marzo, el vicepresidente del Fondo Gallego de Garantía Agraria (Fogga) será, por razón de su cargo, el titular de la Secretaría General del Medio Rural y de Montes.

Santiago de Compostela, 9 de febrero de 2012.

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar