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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Lunes, 5 de marzo de 2012 Pág. 7871

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2012, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se notifica el acuerdo de iniciación del expediente sancionador en materia de espectáculos taurinos AC-ET 4/2011.

Intentada la notificación a la persona que en el anexo se menciona, sin que se pudiese practicar, resuelvo notificar por este medio, al amparo del artículo 59.5.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el acuerdo de iniciación dictado en un expediente sancionador por infracción de la Ley 10/1991, de 4 de abril, de potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

La competencia para imponer esta clase de sanciones le corresponde a los jefes territoriales de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia según el Real decreto 1640/1996, de 5 de julio, desarrollado por el Decreto 360/1996, de 26 de septiembre, de atribución a órganos de la Comunidad Autónoma de Galicia del ejercicio de la potestad sancionadora en materia de espectáculos públicos, Decreto 245/2009, de 30 de abril, en relación con el artículo 24.2 de la Ley 10/1991, de 4 de abril.

Se nombra instructora del expediente a Margarita Olmo Bosco, jefa del Servicio de Administración Local e Interior y secretaria a Consuelo Castro Atienza, jefa de la Sección II, que podrán ser recusadas en cualquier momento de la tramitación del expediente en los casos y en la forma prevista en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El interesado dispone de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de la presente notificación, para ejercitar el derecho de audiencia y formular alegaciones, presentar documentos o informaciones que estime convenientes en su defensa y, en su caso, proponer prueba, pudiendo reconocer voluntariamente su responsabilidad con los efectos previstos en el artículo 8 del Real decreto 1398/1993.

En el supuesto de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento, en el plazo indicado, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real decreto 1398/1993. En el caso de dictarse resolución se impondría una multa de 300 euros.

En cumplimiento del artículo 42.4.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común –LRJPAC– (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) se le informa que el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento es de seis meses a contar desde el acuerdo, de conformidad con el artículo 20.6 del Real decreto 1398/1993, y en el supuesto del vencimiento del plazo sin haber dictado resolución se producirá la caducidad del procedimiento con el archivo de las actuaciones, según señala el artículo 44.2 de la LRJPAC.

Le informamos igualmente que la tramitación del expediente se realiza en la Jefatura Territorial de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, sita en el edificio administrativo Monelos, praza Luís Seoane, s/n, de A Coruña.

A Coruña, 16 de febrero de 2012.

Ana Lado Eiriz
Jefa territorial de A Coruña

ANEXO

Número de expediente: AC-ET 4/2011.

Denunciado: Luis Federico Cebrián Mozo.

DNI: 12192095W.

Dirección: Barrio Nuevo, 47630 La Mudarra (Valladolid).

Precepto infringido: 15.p) de la Ley 10/1991.

Precepto sancionador: 18 y 20 de la Ley 10/1991.

Multa a imponer si no efectúa alegaciones: 300 euros.