Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.
Denominación: anexo I L.M.T., C.T., R.B.T. Costenla.
Situación: ayuntamiento de Carballo.
Características técnicas:
– Línea eléctrica de media tensión aérea a 15/20 kV, con una longitud de 0,216 km, con origen en el apoyo existente n.º 3 de la L.M.T. LAR-703, tramo entre derivación al C.T. A Imende (expediente 31914) y derivación al C.T. Monte da Mina (expediente 51821), en conductor tipo LA-56, y final en el C.T. Costenla (proyectado).
– Centro de transformación intemperie, con una potencia de 100 kVA, relación de transformación de 15.000/400-230 V, que se situará en el lugar de Vilar de Peres-Noicela, en el ayuntamiento de Carballo.
– Línea de baja tensión aérea con una longitud de 1,545 km, con origen en el C.T. proyectado de Costenla, con conductores tipo R.Z., y sobre apoyos de hormigón.
– Red de baja tensión subterránea, con una longitud de 0,116 km, con origen en el apoyo n.º 24 proyectado y puntos de acceso a la red de baja tensión proyectados n.º 48, 58, 62 y 66, con conductores tipo X.Z.1.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE n.º 285), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE n.º 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:
Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
La instalación se ejecutará en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
A Coruña, 14 de febrero de 2012.
Por vacante (Artículo 39.3 del Decreto 324/2009; DOG n.º 117, de 17 de junio)
Isidoro Martínez Arca
Jefe del Servicio de Administración Industrial

