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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 53 Jueves, 15 de marzo de 2012 Pág. 9346

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

ACUERDO de 21 de julio de 2011, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se somete la información pública la solicitud de declaración de utilidad pública para el parque eólico Alto do Rodicio (expediente IN661A 2007/02-3 A.T.).

1. Alcance de la información pública. Legislación.

Se somete a información pública la solicitud presentada por Iberdrola Energías Renovables de Galicia, S.A., de declaración de utilidad pública del Parque eólico Alto do Rodicio.

La legislación que básicamente es de aplicación para los efectos anteriores es la siguiente: Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, y Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que la desarrolla; Decreto 302/2001, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia, de aplicación al expediente por lo señalado en la disposición transitoria cuarta de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental (DOG de 29 de diciembre) y Ley de expropiación forzosa de 16.12.1954 y su Reglamento de 26.4.1957.

2. Características del proyecto.

a) Peticionario: Iberdrola Energías Renovables de Galicia, S.A.

b) Dirección del peticionario: parque empresarial Novo Milladoiro, Oliveira, 96 B, 15895 Milladoiro, Ames (A Coruña).

c) Denominación: parque eólico Alto do Rodicio.

d) Situación: ayuntamientos de Montederramo y Xunqueira de Espadanedo (Ourense).

Coordenadas poligonales en unidades UTM:

Punto 1 (613.000, 4689000); punto 2 (612000, 4690000); punto 3 (612000, 4691000); punto 4 (615500, 4691000); punto 5 (615500, 4687000); punto 6 (615000, 4687000); punto 7 (615000, 4686000); punto 8 (614000, 4686.000); punto 9 (614000, 4689000).

e) Finalidad: producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica.

f) Datos técnicos:

– Conjunto de 7 aerogeneradores (G87) de 2.000 kW/u, que suman una potencia bruta total de 14 MW, equipados con turbina, multiplicador y generador eléctrico situados en lo alto de una torre de acero de 78 metros de altura, cimentada sobre zapata de hormigón armado.

– Interconexión de los aerogeneradores con dos circuitos eléctricos enterrados, a 20 kV, independientes entre sí, que transportan la energía hasta la subestación transformadora, 220/20 kV del parque eólico de Sil; circuito AR-1 (para los aerogeneradores números: 7, 6 y 3) y circuito AR-2 (para los números 5, 4, 2 y 1).

– C.T. que se instalará en cada aerogenerador de 2.300 kVA de potencia y R/T 0,69-0,48/20 kV, con los elementos de protección y auxiliares necesarios.

– Sistemas de control y supervisión.

– Ampliación de la subestación transformadora Sil 220/20 kV con la dotación de una nueva celda de línea a 20 kV, en el módulo 1, que evacúa en el transformador T-1, para el P.E. Nogueira de Ramuín. Conexión del P.E. Alto do Rodicio a la celda de reserva en el módulo 2. Implementación de aparatos de medida, mando, control y dispositivos de protección y seguridad correspondientes.

3. Urgente ocupación. La petición de declaración de utilidad pública presentada, al amparo del título IX de la Ley 54/1997, llevará implícito en todo caso, según su artículo 54, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados –los cuales se describen en la relación adjunta– e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

4. Alegaciones.

Los interesados y sus representantes pueden examinar el expediente en las oficinas de esta jefatura territorial, calle Curros Enríquez, 1, 3.º, de Ourense, y presentar, en su caso, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días, contados a partir de la última publicación de este anuncio.

Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación, con traslado al Ministerio Fiscal de las diligencias que se produzcan.

Ourense, 21 de julio de 2011.

Gabriel Diéguez Domínguez
Jefe territorial de Ourense

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