Luis Fernández-Arias González, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Vigo, por el presente edicto,
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En el presente procedimiento de juicio verbal n.º 717/2011 seguido a instancia de C.P. calle Xílgaro, 5, de Vigo frente a Manuel Montes Carballa se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
«Sentencia.
Vigo, 7 de marzo de 2011.
Tatiana de Francisco López, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Vigo, los autos correspondientes al juicio verbal de reclamación de cantidad registrado con el número arriba indicado promovidos por Ángeles Rodríguez Ramos, en nombre de la comunidad de propietarios de la calle Xílgaro, n.º 5, de Vigo, contra Manuel Montes Carballa, en situación de rebeldía procesal, dicta la presente en base a los siguientes:
(Siguen antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos).
Fallo que debe estimar y estimo la demanda interpuesta por Ángeles Rodríguez Ramos, en nombre de la comunidad de propietarios de la calle Xílgaro, n.º 5, de Vigo, contra Manuel Montes Carballa, por lo que condeno al demandado a que abone a la comunidad de propietarios indicada la cantidad de 1.000 euros, más los intereses legales correspondientes, con imposición de costas al demandado.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno de conformidad con el artículo 455 LEC, modificado por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.
Únase la presente resolución al libro de su clase, dejando en los autos testimonio de la misma.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y habiendo sido dada, leída y publicada en el día de su fecha.
Y para que sirva de notificación a Manuel Montes Carballa, expido y firmo el presente edicto.
Vigo, 7 de marzo de 2012.
El secretario judicial

