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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Miércoles, 16 de mayo de 2012 Pág. 18668

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

CÉDULA de 3 de mayo de 2012, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se hace pública una relación de notificaciones de resoluciones de expedientes sancionadores (PESAN1 2011/000952-5 y tres más).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre), se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre.

Las personas interesadas disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.

Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Jefatura de Coordinación del Área del Mar de Vigo, c/ Concepción Arenal, 8.

N.º de expediente: PESAN1 2011/000952-5.

Denunciado: Víctor Manuel Reirís Pérez.

DNI: 35479002-F.

Dirección: Rodrigo Mendoza 3, Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).

Precepto infringido: 137.B.2.

Sanción: 151 euros.

N.º de expediente: PESAN1 2011/000974-5.

Denunciado: Alfredo Budiño Gómez.

DNI: 52494505-H.

Dirección: Montemogos 50, Beluso-Bueu (Pontevedra).

Precepto infringido: 137.A.1, 137.B.6, 137.B.14.

Sanción: 2.260 euros.

N.º de expediente: PESAN1 2011/001007-5.

Denunciado: Francisco Fernández Grande.

DNI: 36009180-N.

Dirección: Xílgaro 18-9.º C, Vigo (Pontevedra).

Precepto infringido: 136.A.1, 137.B.2.

Sanción: 211 euros.

N.º de expediente: PESAN1 2011/001271-5.

Denunciado: Óscar Méndez Pazos.

DNI: 36144237-J.

Dirección: camino Gandarela n.º 11, Baiona (Pontevedra).

Precepto infringido: 137.B.2.

Sanción: 151 euros.

De conformidad con lo previsto en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG n.º 235, de 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario los interesados deberán recoger en dicha Jefatura de Coordinación de la Consellería del Medio Rural y del Mar el documento de ingreso correspondiente.

Si cumplen los requisitos previstos en el artículo 151 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, podrán solicitar, en el plazo de un mes contado a partir de la firmeza de la presente resolución, la suspensión condicional de la ejecución de la sanción impuesta, mediante escrito motivado en el que manifiesten el compromiso de atenerse a las condiciones que para su otorgamiento se establezcan, a fin de garantizar, durante el plazo de suspensión, un comportamiento de respeto a la normativa reguladora de la actividad pesquera.

Vigo, 3 de mayo de 2012.

Gerardo Zugasti Enrique
Jefe territorial de Pontevedra