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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Viernes, 15 de junio de 2012 Pág. 23733

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 28 de mayo de 2012 por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 107 C 2011/52-0, devuelta por el órgano notificador por resultar su destinataria desconocida.

El Consejo Ejecutivo de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el día 13 de abril de 2012, imponer una sanción a Adelina Núñez Díaz, como responsable de la comisión de una infracción urbanística muy grave en calidad de propietaria del terreno y promotora de las obras, consistente en la construcción de una edificación con tipología de nave, en el lugar de Vilarchao, en el término municipal de Coles, provincia de Ourense.

Al no poder realizarse la notificación personal de la resolución, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a la interesada dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica a la interesada que el texto íntegro del acuerdo que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística situada en el Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente a la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada puede interponer recurso de reposición ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que se haya producido la notificación de esta cédula, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela o ante el de la circunscripción donde el recurrente tenga su domicilio, a su elección, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla segunda, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a la citada interesada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 28 de mayo de 2012

P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo; DOG nº 59, de 27 de marzo)
José Mª Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística